Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060430)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata".
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NÚMERO 30
Lunes 13 de febrero de 2023
9669
Otras conductas (verbales, no verbales y/o de carácter físico).
–P
resiones y amenazas sobre una compañera o compañero de trabajo después de
que se haya producido una ruptura sentimental.
– Ciberacoso en ámbito laboral mediante el uso de medios de comunicación digitales, especialmente las redes sociales. El ciberacoso se caracteriza por utilizar
dispositivos electrónicos de comunicación.
Tipología de acoso por razón de sexo.
–U
so de conductas discriminatorias por el hecho de ser mujer u hombre.
– Bromas y comentarios sobre las personas que asumen tareas que tradicionalmente han sido desarrolladas por personas del otro sexo.
– Uso de formas denigrantes u ofensivas para dirigirse a personas de un determinado sexo.
–U
tilización de humor sexista.
–R
idiculizar y despreciar las capacidades, habilidades y potencial intelectual de las
personas trabajadoras por razón de sexo o por identidad y expresión de género.
–A
coso por orientación sexual o por identidad y expresión de género.
– Evaluar el trabajo de las personas con menosprecio, de manera injusta o de forma
sesgada, en función de su sexo o de su inclinación sexual.
–A
signar tareas o trabajos por debajo de la categoría profesional.
– Conductas explícitas o implícitas dirigidas a tomar decisiones restrictivas o limitativas sobre el acceso de la persona al empleo o a su continuidad en el mismo, a la
formación profesional, las retribuciones o cualquier otra materia relacionada con
las condiciones de trabajo.
–A
coso por el ejercicio general de responsabilidades familiares o por el derecho de
conciliación familiar.
–T
rato desfavorable por razón de embarazo o maternidad.
c. Tipologías de acoso por razón de sexo a causa del embarazo o la maternidad
– Asignar un trabajo de responsabilidad inferior a su categoría profesional o su capacidad profesional dentro de esa categoría.
Lunes 13 de febrero de 2023
9669
Otras conductas (verbales, no verbales y/o de carácter físico).
–P
resiones y amenazas sobre una compañera o compañero de trabajo después de
que se haya producido una ruptura sentimental.
– Ciberacoso en ámbito laboral mediante el uso de medios de comunicación digitales, especialmente las redes sociales. El ciberacoso se caracteriza por utilizar
dispositivos electrónicos de comunicación.
Tipología de acoso por razón de sexo.
–U
so de conductas discriminatorias por el hecho de ser mujer u hombre.
– Bromas y comentarios sobre las personas que asumen tareas que tradicionalmente han sido desarrolladas por personas del otro sexo.
– Uso de formas denigrantes u ofensivas para dirigirse a personas de un determinado sexo.
–U
tilización de humor sexista.
–R
idiculizar y despreciar las capacidades, habilidades y potencial intelectual de las
personas trabajadoras por razón de sexo o por identidad y expresión de género.
–A
coso por orientación sexual o por identidad y expresión de género.
– Evaluar el trabajo de las personas con menosprecio, de manera injusta o de forma
sesgada, en función de su sexo o de su inclinación sexual.
–A
signar tareas o trabajos por debajo de la categoría profesional.
– Conductas explícitas o implícitas dirigidas a tomar decisiones restrictivas o limitativas sobre el acceso de la persona al empleo o a su continuidad en el mismo, a la
formación profesional, las retribuciones o cualquier otra materia relacionada con
las condiciones de trabajo.
–A
coso por el ejercicio general de responsabilidades familiares o por el derecho de
conciliación familiar.
–T
rato desfavorable por razón de embarazo o maternidad.
c. Tipologías de acoso por razón de sexo a causa del embarazo o la maternidad
– Asignar un trabajo de responsabilidad inferior a su categoría profesional o su capacidad profesional dentro de esa categoría.