Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060386)
Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al II Convenio de Colaboración entre la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta Extremadura y la mercantil Gran Casino Extremadura, SA.
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NÚMERO 29
Viernes 10 de febrero de 2023

9416

La citada Comisión estará compuesta por cinco miembros, tres en representación de la Administración Regional, que serán nombrados por la Vicepresidenta Primera y Consejera de
Hacienda y Administración Pública, siendo dos de ellos de la Consejería competente según el
objeto del proyecto de interés para la Comunidad que se financie y uno de la Vicepresidencia
Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, que actuará como secretario/a,
así como dos representantes nombrados por la empresa que suscribe este Convenio. Igualmente podrá asistir a la comisión personal funcionario de cada Consejería, especializado en
el objeto del proyecto que se financie, a los efectos de apoyar técnicamente la evaluación de
los mismos.
La presidencia de la Comisión y el cargo de secretario los ostentarán los representantes de la
Junta de Extremadura.
Corresponde a la Comisión:
a) Recibir información sobre el desarrollo del programa de prácticas.
b) La interpretación de las cláusulas recogidas en el presente convenio.
c) Proponer cuantas mejoras considere necesarias para su aplicación.
d) El resto de funciones previstas en el presente acuerdo.
La Comisión se reunirá al menos dos veces año para evaluar el resultado de los proyectos ejecutados y para consensuar las nuevas entidades beneficiarias, el reparto de la aportación económica y cuantas cuestiones que permitan mejorar el presente convenio se pudieran plantear.
Séptima. Entidades beneficiarias.
Antes del 15 de enero de 2024, las entidades beneficiarias deberán remitir a la Comisión de
Seguimiento memoria justificativa del destino de los importes aportados, con referencia al
personal contratado, gastos de las actividades desarrollados, descripción de objetivos perseguidos y cumplidos, perfil de las personas que se han beneficiado del mismo así como el
número total de usuarias del programa financiado.
Octava. Modificaciones al convenio.
Las partes contratantes deberán comunicar cualquier propuesta de modificación que pudiera
surgir en el desarrollo y ejecución del presente Convenio, tanto respecto de la forma como de
los plazos de ejecución, justificación, etc., con el fin de efectuar la adaptación del mismo y la
aceptación expresa de cualquier variación en su desarrollo.