Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060386)
Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al II Convenio de Colaboración entre la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta Extremadura y la mercantil Gran Casino Extremadura, SA.
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NÚMERO 29
Viernes 10 de febrero de 2023
9415
Tercera. Obligaciones y actuaciones de la Administración.
Ser informada y/o supervisar el desarrollo de las acciones y/o pagos a realizar por parte de
la entidad a las asociaciones beneficiarias. La Administración podrá supervisar, a través de las
unidades administrativas competentes por razón del objeto del proyecto a desarrollar por las
entidades beneficiarias, la ejecución de los mismos.
Cuarta. Aportación.
La entidad aportará anualmente un importe total correspondiente al 5% del beneficio obtenido, después de impuestos, a las distintas asociaciones y/o entidades que se reseñan en el
anexo I o, en su caso, las que las partes de mutuo acuerdan decidan sucesivamente.
Las cantidades se abonarán directamente por la entidad a las asociaciones beneficiarias.
El importe a aportar correspondiente a las anualidades 2020-2021 es de 75.294,28 €.
Quinta. Extinción.
1. El Convenio podría extinguirse por las siguientes causas:
a) Cumplimiento del plazo de vigencia.
b) Imposibilidad sobrevenida para su cumplimiento.
c) Acuerdo de ambas partes.
d) Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los
firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado a los
miembros de la Comisión de Seguimiento y a la entidad incumplidora. Si transcurrido el
plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió
notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
Sexta. Comisión de Seguimiento del Convenio.
Para el correcto cumplimiento de este convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento
del Convenio que tendrá como funciones evaluar su aplicación, impulsar su gestión, vigilar el
correcto cumplimiento de los acuerdos suscritos y dilucidar, en vía administrativa, las controversias que pudieran suscitarse.
Viernes 10 de febrero de 2023
9415
Tercera. Obligaciones y actuaciones de la Administración.
Ser informada y/o supervisar el desarrollo de las acciones y/o pagos a realizar por parte de
la entidad a las asociaciones beneficiarias. La Administración podrá supervisar, a través de las
unidades administrativas competentes por razón del objeto del proyecto a desarrollar por las
entidades beneficiarias, la ejecución de los mismos.
Cuarta. Aportación.
La entidad aportará anualmente un importe total correspondiente al 5% del beneficio obtenido, después de impuestos, a las distintas asociaciones y/o entidades que se reseñan en el
anexo I o, en su caso, las que las partes de mutuo acuerdan decidan sucesivamente.
Las cantidades se abonarán directamente por la entidad a las asociaciones beneficiarias.
El importe a aportar correspondiente a las anualidades 2020-2021 es de 75.294,28 €.
Quinta. Extinción.
1. El Convenio podría extinguirse por las siguientes causas:
a) Cumplimiento del plazo de vigencia.
b) Imposibilidad sobrevenida para su cumplimiento.
c) Acuerdo de ambas partes.
d) Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los
firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado a los
miembros de la Comisión de Seguimiento y a la entidad incumplidora. Si transcurrido el
plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió
notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
Sexta. Comisión de Seguimiento del Convenio.
Para el correcto cumplimiento de este convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento
del Convenio que tendrá como funciones evaluar su aplicación, impulsar su gestión, vigilar el
correcto cumplimiento de los acuerdos suscritos y dilucidar, en vía administrativa, las controversias que pudieran suscitarse.