Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060363)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Fundación Universidad-Sociedad de la Universidad de Extremadura para la evaluación del riesgo epidemiológico de las poblaciones de lince ibérico y de los mesocarnívoros simpátricos en Extremadura. N.º expediente: 2251999FR002.
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NÚMERO 28
Jueves 9 de febrero de 2023
9110
rectrices establecidas en el Anexo Técnico, las cuales serán puesta a disposición de la
FUNDACIÓN. Estas tareas serán realizadas mediante medios humanos (veterinarios especializados) y materiales existentes en el Servicio de la Conservación de la Naturaleza
y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, no generando un gasto
adicional para la administración regional.
— Aportar la cantidad de noventa y dos mil euros (92.000,00 €) a la FUNDACIÓN destinados a financiar los gastos derivados de la realización de las actuaciones contenidas en
la cláusula segunda.
La FUNDACIÓN se compromete a:
— Recepcionar, custodiar y analizar las muestras entregadas por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad,
desarrollando las actuaciones referidas en la cláusula segunda conforme se establece en
el Anexo Técnico del Convenio.
— Destinar los fondos aportados por la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura para sufragar los gastos derivados de las actuaciones
descritas en la cláusula segunda. Para ello, aportarán para el desarrollo del Convenio las
instalaciones, los materiales y equipos, así como el personal necesario para el correcto
desarrollo de las actuaciones previstas.
— Velar por que las pruebas clínicas solicitadas se realicen siempre en laboratorios propios
o, en su defecto, de referencia para la fauna silvestre, especialmente en aquellos que
sirvan de apoyo a proyectos relacionados con la recuperación, conservación y vigilancia
epidemiológica de especies protegidas, en peligro de extinción, programas de reintroducción, de cría en cautividad, control de envenenamiento, etc.
— En cualquier caso, los laboratorios que sean seleccionados para la realización de las actuaciones clínicas deberán ser puestos en conocimiento del Servicio de la Conservación
de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad para la
obtención de su conformidad, tomándose inicialmente como referente para las pruebas
clínicas contempladas en el Anexo Técnico del presente Convenio.
— Justificar las cantidades recibidas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad y presentar las Memorias de las actuaciones realizadas conforme se establece
en la cláusula cuarta del Convenio.
Jueves 9 de febrero de 2023
9110
rectrices establecidas en el Anexo Técnico, las cuales serán puesta a disposición de la
FUNDACIÓN. Estas tareas serán realizadas mediante medios humanos (veterinarios especializados) y materiales existentes en el Servicio de la Conservación de la Naturaleza
y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, no generando un gasto
adicional para la administración regional.
— Aportar la cantidad de noventa y dos mil euros (92.000,00 €) a la FUNDACIÓN destinados a financiar los gastos derivados de la realización de las actuaciones contenidas en
la cláusula segunda.
La FUNDACIÓN se compromete a:
— Recepcionar, custodiar y analizar las muestras entregadas por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad,
desarrollando las actuaciones referidas en la cláusula segunda conforme se establece en
el Anexo Técnico del Convenio.
— Destinar los fondos aportados por la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura para sufragar los gastos derivados de las actuaciones
descritas en la cláusula segunda. Para ello, aportarán para el desarrollo del Convenio las
instalaciones, los materiales y equipos, así como el personal necesario para el correcto
desarrollo de las actuaciones previstas.
— Velar por que las pruebas clínicas solicitadas se realicen siempre en laboratorios propios
o, en su defecto, de referencia para la fauna silvestre, especialmente en aquellos que
sirvan de apoyo a proyectos relacionados con la recuperación, conservación y vigilancia
epidemiológica de especies protegidas, en peligro de extinción, programas de reintroducción, de cría en cautividad, control de envenenamiento, etc.
— En cualquier caso, los laboratorios que sean seleccionados para la realización de las actuaciones clínicas deberán ser puestos en conocimiento del Servicio de la Conservación
de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad para la
obtención de su conformidad, tomándose inicialmente como referente para las pruebas
clínicas contempladas en el Anexo Técnico del presente Convenio.
— Justificar las cantidades recibidas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad y presentar las Memorias de las actuaciones realizadas conforme se establece
en la cláusula cuarta del Convenio.