Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060360)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Asociación Biopolis para el "Estudio de la distribución del lobo ibérico en Extremadura mediante la realización de pruebas biológicas y diagnósticas de daños compatibles con lobo ibérico y otros carnívoros simpátricos en explotaciones ganaderas y cinegéticas". N.º expediente: 221803TEP002.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 28
Jueves 9 de febrero de 2023
9054
Décima. Comisión de seguimiento.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.f de la de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, se constituye una Comisión de seguimiento de composición mixta para el seguimiento, vigilancia y control del presente Convenio, evaluando su
aplicación, garantizando su calidad y promoviendo las líneas de seguimiento, control e investigación, así como aquellas actuaciones de coordinación que se consideren necesarias.
La Comisión estará formada por un representante de cada una de las entidades firmantes:
— Por parte de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad su Directora de
Programas de Conservación, María Jesús Palacios González o persona en la que delegue
el Director General de Sostenibilidad, que ejercerá las funciones de Director Técnico del
Convenio,
— y por parte de BIOPOLIS, el/la Coordinador/a del equipo de investigación que va a realizar las diferentes actuaciones del Convenio.
Dicha Comisión se constituirá en el plazo de treinta días, contados a partir de la fecha de la
firma del presente Convenio. Esta Comisión se reunirá, al menos, una vez durante el plazo de
vigencia del Convenio.
Tanto la convocatoria de las sesiones que celebren como el funcionamiento interno y la adopción de acuerdos se regirán con arreglo al procedimiento general de actuación de los órganos
colegiados que contempla el artículo 15 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Décima primera. Información y publicidad.
El presente Convenio está financiado por la línea de transferencia de capital conforme a
los establecido en el Anexo “Criterios objetivos de distribución y distribución de los fondos
correspondientes para paliar daños producidos por el lobo ibérico a la ganadería extensiva.
Anualidad 2022” del “Acuerdo de la conferencia sectorial de medio ambiente, de 28 de julio
de 2022, por el que se aprueba la distribución territorial de los créditos correspondientes a la
realización de medidas preventivas en la gestión del lobo ibérico”.
Por ello, BIOPOLIS deberá adoptar las medidas de información y publicidad reguladas en Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (BOE núm. 295, de 10/12/2013), debiendo incluir en todo caso que las actuaciones han
sido financiadas por la «Línea para Comunidades Autónomas para paliar daños producidos por
el lobo ibérico a la ganadería extensiva” (Exp. n.º 22UASB002)» del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico del Gobierno de España.
Jueves 9 de febrero de 2023
9054
Décima. Comisión de seguimiento.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.f de la de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, se constituye una Comisión de seguimiento de composición mixta para el seguimiento, vigilancia y control del presente Convenio, evaluando su
aplicación, garantizando su calidad y promoviendo las líneas de seguimiento, control e investigación, así como aquellas actuaciones de coordinación que se consideren necesarias.
La Comisión estará formada por un representante de cada una de las entidades firmantes:
— Por parte de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad su Directora de
Programas de Conservación, María Jesús Palacios González o persona en la que delegue
el Director General de Sostenibilidad, que ejercerá las funciones de Director Técnico del
Convenio,
— y por parte de BIOPOLIS, el/la Coordinador/a del equipo de investigación que va a realizar las diferentes actuaciones del Convenio.
Dicha Comisión se constituirá en el plazo de treinta días, contados a partir de la fecha de la
firma del presente Convenio. Esta Comisión se reunirá, al menos, una vez durante el plazo de
vigencia del Convenio.
Tanto la convocatoria de las sesiones que celebren como el funcionamiento interno y la adopción de acuerdos se regirán con arreglo al procedimiento general de actuación de los órganos
colegiados que contempla el artículo 15 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Décima primera. Información y publicidad.
El presente Convenio está financiado por la línea de transferencia de capital conforme a
los establecido en el Anexo “Criterios objetivos de distribución y distribución de los fondos
correspondientes para paliar daños producidos por el lobo ibérico a la ganadería extensiva.
Anualidad 2022” del “Acuerdo de la conferencia sectorial de medio ambiente, de 28 de julio
de 2022, por el que se aprueba la distribución territorial de los créditos correspondientes a la
realización de medidas preventivas en la gestión del lobo ibérico”.
Por ello, BIOPOLIS deberá adoptar las medidas de información y publicidad reguladas en Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (BOE núm. 295, de 10/12/2013), debiendo incluir en todo caso que las actuaciones han
sido financiadas por la «Línea para Comunidades Autónomas para paliar daños producidos por
el lobo ibérico a la ganadería extensiva” (Exp. n.º 22UASB002)» del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico del Gobierno de España.