Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2023060399)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca, mediante el sistema de libre designación, la provisión de puestos de trabajo de Jefe de Servicio y Jefe de Sección de carácter asistencial de Atención Especializada, del Servicio Extremeño de Salud en el Área de Salud de Don Benito-Villanueva de la Serena.
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NÚMERO 27
Miércoles 8 de febrero de 2023
8821
9.2. E
l nombramiento para los puestos de Jefe de Servicio o de Sección tendrá carácter temporal, con una duración de cuatro años, al término de los cuales se volverá a evaluar a
los efectos de la continuidad en el mismo.
S
i alguno de los seleccionados renunciara al nombramiento, antes o después de formalizarse éste, será seleccionado el siguiente aspirante según el orden de puntuación total
obtenida y de conformidad con los criterios establecidos en la base anterior.
9.3. E
n el caso del que el adjudicatario fuera de la misma Área de Salud no deberá cesar en
su plaza básica y será nombrado Jefe de Servicio o de Sección dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique la resolución del procedimiento de provisión.
9.4. E
n el caso de que el adjudicatario fuera de otra Área de Salud o de otro Servicio de Salud,
éste cesará en su plaza básica de origen dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél
en que se publique en el Diario Oficial de Extremadura la resolución del procedimiento de
provisión, debiendo tomar posesión del puesto adjudicado y de la plaza básica correspondiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del cese.
Décima. Presentación de documentos.
10.1. Los aspirantes seleccionados que provengan de otro Servicio de Salud deberán presentar en la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud antes de la terminación de los plazos posesorios indicados en la base
anterior, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad indicados en la
letra a) y b). Los aspirantes seleccionados que provengan del Servicio Extremeño de
Salud, ya sea del mismo Área de Salud o de otro Área de Salud solo deberán presentar
el documento indicado en la letra b):
a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que imposibilite el normal desempeño de sus funciones. Este certificado deberá
expedirse por el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda al interesado y en modelo oficial.
b) Declaración de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad y de no renuncia al
complemento específico del puesto, conforme al Anexo VII de esta resolución, salvo
que sea de aplicación la disposición transitoria segunda del Decreto 152/2006, de 31 de
julio.
10.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos
a que se refiere el apartado anterior, podrá acreditarse que reúnen dichas condiciones
mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
Miércoles 8 de febrero de 2023
8821
9.2. E
l nombramiento para los puestos de Jefe de Servicio o de Sección tendrá carácter temporal, con una duración de cuatro años, al término de los cuales se volverá a evaluar a
los efectos de la continuidad en el mismo.
S
i alguno de los seleccionados renunciara al nombramiento, antes o después de formalizarse éste, será seleccionado el siguiente aspirante según el orden de puntuación total
obtenida y de conformidad con los criterios establecidos en la base anterior.
9.3. E
n el caso del que el adjudicatario fuera de la misma Área de Salud no deberá cesar en
su plaza básica y será nombrado Jefe de Servicio o de Sección dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique la resolución del procedimiento de provisión.
9.4. E
n el caso de que el adjudicatario fuera de otra Área de Salud o de otro Servicio de Salud,
éste cesará en su plaza básica de origen dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél
en que se publique en el Diario Oficial de Extremadura la resolución del procedimiento de
provisión, debiendo tomar posesión del puesto adjudicado y de la plaza básica correspondiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del cese.
Décima. Presentación de documentos.
10.1. Los aspirantes seleccionados que provengan de otro Servicio de Salud deberán presentar en la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud antes de la terminación de los plazos posesorios indicados en la base
anterior, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad indicados en la
letra a) y b). Los aspirantes seleccionados que provengan del Servicio Extremeño de
Salud, ya sea del mismo Área de Salud o de otro Área de Salud solo deberán presentar
el documento indicado en la letra b):
a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que imposibilite el normal desempeño de sus funciones. Este certificado deberá
expedirse por el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda al interesado y en modelo oficial.
b) Declaración de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad y de no renuncia al
complemento específico del puesto, conforme al Anexo VII de esta resolución, salvo
que sea de aplicación la disposición transitoria segunda del Decreto 152/2006, de 31 de
julio.
10.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos
a que se refiere el apartado anterior, podrá acreditarse que reúnen dichas condiciones
mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.