Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Derechos Sindicales. (2023060402)
Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se dispone la publicación de la redacción vigente de la segunda modificación del apartado tercero del Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de 20 de diciembre de 2019, de modificación del Acuerdo de 22 de octubre de 2012 sobre derechos y garantías sindicales.
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NÚMERO 27
Miércoles 8 de febrero de 2023

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Posteriormente, tras la correspondiente tramitación judicial una vez devino firme y ejecutable
la sentencia n.º 358/2020, de 21 de diciembre, de la Sala de lo Contencioso-administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura recaída en el procedimiento de derechos
fundamentales n.º 4/2020, promovido por la Federación de Sindicatos de Educación y Sanidad
-FSES- contra la “Modificación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura
de fecha 14 de octubre de 2020 relativo al de 22 de octubre de 2012 y publicada en el DOE de
21 de octubre de 2020”, mediante Resolución de 16 de marzo de 2021 de la Dirección General
de Función Pública, publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 57, de 25 de marzo,
se dispuso la ejecución del fallo de la citada sentencia.
A fin de garantizar la mayor transparencia y general difusión y conocimiento, así como, con
ello, evitar posibles dudas interpretativas, se ha considerado conveniente hacer pública
la redacción definitiva de la segunda modificación contemplada en el apartado tercero del
Acuerdo de 20 de diciembre de 2019 de la Mesa General de Negociación de los Empleados
Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de modificación del
Acuerdo de esa Mesa de 22 de octubre de 2022, sobre derechos y garantías sindicales, a la
vista del fallo expresado en la citada sentencia n.º 358/2020.
Por consiguiente, en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y,
en concreto, el Decreto 162/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública de
la Junta de Extremadura,
RESUELVO:
Único. Dar publicidad en el Diario Oficial de Extremadura de la redacción vigente de la
modificación segunda del apartado tercero del Acuerdo de la Mesa General de Negociación
de los Empleados Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
de 20 de diciembre de 2019, de modificación del Acuerdo de 22 de octubre de 2022 sobre
derechos y garantías sindicales:
“Segunda. Se añaden cinco nuevos párrafos tras el párrafo tercero en el apartado sexto.
“Funciones de representación y negociación”:
Las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de las
Administraciones Públicas, recogida en el artículo 36.1 del TREBEP, dada la naturaleza mixta
del personal representado en la misma, de las especiales funciones que le corresponden,
así como de la incidencia directa que sobre ella tiene cualquier variación en los niveles
inferiores de negociación, tendrán dos representantes sindicales por organización sindical
que se verá beneficiado de una dispensa total de asistencia al trabajo.