Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060384)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Modificación de características de concesión de aguas superficiales para aumentar la superficie de riego en la finca "Campoameno"", en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz). Expte.: IA21/0842.
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NÚMERO 26
Martes 7 de febrero de 2023

8592

Por último, respecto a la fauna piscícola, el Servicio de Recursos Cinegéticos y Piscícolas
indica que cualquier detracción de agua deberá asegurar un caudal ecológico en los cauces, aspecto que queda asegurado mediante lo indicado al respecto en el informe emitido
por la Confederación Hidrográfica del Guadiana para el debido cumplimiento de la planificación hidrológica vigente. Por otro lado, el Servicio de Recursos Cinegéticos y Piscícolas
establece que es responsabilidad de los titulares de las concesiones de aprovechamiento
de aguas poner los medios necesarios para impedir la dispersión de peces mediante su
captación y traslado a través de la red de distribución, para lo que plantea una serie de
medidas al respecto, con las cuales la promotora ha manifestado su conformidad.
Por todo ello, se considera que el proyecto es compatible con los valores faunísticos
existentes, siempre y cuando se cumplan las medidas indicadas en la versión definitiva
del EsIA y las de la presente declaración de impacto ambiental.


C.2.5 Flora, vegetación y hábitats.

La zona de actuación linda al sur con el hábitat de interés comunitario (Cód. UE 6310)
“Dehesas perennifolias de Quercus suber y/o Quercus ilex”. En el entorno aparecen terrenos forestales en las laderas de las sierras y cerros cercanos. En las partes bajas y/o
de menor pendiente, se ubican terrenos con presencia de arbolado forestal con distintas
densidades y también cultivos agrícolas permanentes, como los olivares ubicados al
oeste de la zona solicitada.
En el EsIA, se indica respecto a la ampliación del campo fotovoltaico anexo al embalse
de Campoameno que se situará sobre tierras de labor regadío actuales que no cuentan
con ningún tipo de vegetación natural. Respecto al trazado de la conducción desde el
embalse de Alange hasta el embalse de Campoameno, se indica que el trazado de la
conducción se ha diseñado evitando afectar a ninguna encina. Sin embargo, el nuevo
campo fotovoltaico para realizar el bombeo solar desde el embalse de Alange, se ubica
en una parcela en la que existe arbolado forestal (eucalipto), por lo que para poder
llevarse a cabo dicho actuación, la promotora deberá consultar con el Órgano forestal
competente (Dirección General de Política Forestal), al no haberse pronunciado éste al
respecto de esta actuación en el informe emitido.
El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal indica en su informe que la toma de datos
del Agente del Medio Natural se ciñe a las zonas de olivar tradicional y de nueva plantación de olivar. En esta segunda, ubica un total de 107 encinas aisladas (con diámetro
normal superior a 15 cm) y 23 pequeños rodales con pedregosidad y afloramientos
rocosos que han favorecido la presencia de acebuches, chaparros, retamas, esparragueras, etc. Añade que en los regatos estacionales existentes se observan juncáceas y
retamas. En las zonas de olivar tradicional, también existen algunas encinas y acebuches dispersos y arroyos con vegetación e incluso algún majuelo.