Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060384)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Modificación de características de concesión de aguas superficiales para aumentar la superficie de riego en la finca "Campoameno"", en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz). Expte.: IA21/0842.
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NÚMERO 26
Martes 7 de febrero de 2023



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6.3. P
 or último, respecto a la puesta en riego del olivar tradicional, las encinas y acebuches existentes deben ser respetados de forma que se asegure la mejor producción
agrícola con la conservación de estos pies. Por ello, si hubiera algún olivo bajo copa
de los mismos, no se debe regar, entendiendo que ello supondrá una pérdida en la
cosecha de estos pies, pero asumible por favorecer el mantenimiento de las encinas y acebuches y las ventajas ambientales que su presencia conlleva.

Concluye el informe indicando que, con estas condiciones, el cambio de cultivo (olivar
intensivo) y puesta en riego (de olivar intensivo y de olivar tradicional) se considera
viable por lo que se informa favorablemente, siempre que se cumplan una serie de medidas correctoras, las cuales han sido incorporadas a la presente declaración de impacto
ambiental.
7. C
 on fecha 5 de abril de 2022, el Jefe de Servicio de Conservación de la Naturaleza y
Áreas Protegidas, emite informe en el que manifiesta que anteriormente, se emitió un
informe relativo a una plantación de olivar superintensivo en 98,9 ha situadas en la
parcela 283 del polígono 18 en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz), con
número de expediente CN19/5671/26, en el que se informaba favorable parcialmente
dicha actuación, con una serie de condiciones a cumplir, entre las que se encontraba la
creación de unas zonas que actuaran como corredor de biodiversidad y área de campeo.
Ante las dudas surgidas al incluir la promotora estas zonas de reserva en la superficie
plantada de olivar propuesta en el estudio de impacto ambiental, solicita aclaración a
este respecto para poder emitir el informe solicitado por parte del Órgano ambiental.
Posteriormente, con fecha 15 de diciembre de 2022, el Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe
de Afección a Red Natura 2000, con la consideración de informe de evaluación de las repercusiones que pueda producir un determinado proyecto, actuación, plan o programa
directa o indirectamente sobre uno o varios espacios de la Red Natura 2000, y en concreto sobre los hábitats o especies que hayan motivado su designación o declaración,
atendiendo a lo dispuesto en el artículo 6 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21
de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y
flora silvestres, y en base al Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la
Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura e Informe de Afección a Biodiversidad, como valoración ambiental de proyectos, actividades, planes y programas en lo
relativo a especies protegidas y hábitats protegidos fuera de la Red de Áreas Protegidas
de Extremadura, conforme a lo establecido en los Planes de Recuperación, Conservación del Hábitat y Conservación de determinadas especies de flora y fauna vigentes en
la Comunidad Autónoma de Extremadura, a lo establecido en la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y atendiendo a los objetivos de