Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agrupación De Defensa Sanitaria. Ayudas. (2023060060)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola, en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 23
Jueves 2 de febrero de 2023
7822
Contra la resolución de concesión, que no agota la vía administrativa, el solicitante podrá
interponer recurso de alzada, conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un
mes contado desde el día siguiente a su notificación o publicación, ante el mismo órgano que
dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo, que es la Consejera de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, todo ello sin perjuicio de cualquier otro
recurso que se estime procedente.
No obstante, la falta de notificación expresa en el plazo establecido para ello, legitima a la
persona interesada para entenderla desestimada por silencio administrativo.
Séptimo. Comisión de Valoración.
Para la prelación de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración que emitirá al
órgano instructor informe vinculante en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada. La Comisión de Valoración estará constituida:
— Presidencia: persona responsable de la Dirección Regional de Programas de Sanidad
Animal.
— Vocal: persona responsable de la Jefatura de Sección de Bienestar Animal.
— Secretaría: persona responsable de la Dirección Técnica de Epidemiología y Control de
la Cadena Alimentaria.
La composición definitiva de la Comisión deberá publicarse con anterioridad a su constitución,
a través de internet en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Octavo. Notificación de la resolución.
La resolución se notificará individualmente a cada persona o entidad beneficiaria de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Noveno. Orden de prelación para las actividades subvencionables, ponderación y
valoración.
1. L
as actividades subvencionables establecidas de acuerdo con lo previsto en el artículo 4
de la Orden de 27 de marzo de 2020 y el orden de prelación determinado por la Dirección
General de Agricultura y Ganadería según establece el artículo 5.3 de la citada orden, para
esta convocatoria son los siguientes:
Jueves 2 de febrero de 2023
7822
Contra la resolución de concesión, que no agota la vía administrativa, el solicitante podrá
interponer recurso de alzada, conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un
mes contado desde el día siguiente a su notificación o publicación, ante el mismo órgano que
dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo, que es la Consejera de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, todo ello sin perjuicio de cualquier otro
recurso que se estime procedente.
No obstante, la falta de notificación expresa en el plazo establecido para ello, legitima a la
persona interesada para entenderla desestimada por silencio administrativo.
Séptimo. Comisión de Valoración.
Para la prelación de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración que emitirá al
órgano instructor informe vinculante en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada. La Comisión de Valoración estará constituida:
— Presidencia: persona responsable de la Dirección Regional de Programas de Sanidad
Animal.
— Vocal: persona responsable de la Jefatura de Sección de Bienestar Animal.
— Secretaría: persona responsable de la Dirección Técnica de Epidemiología y Control de
la Cadena Alimentaria.
La composición definitiva de la Comisión deberá publicarse con anterioridad a su constitución,
a través de internet en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Octavo. Notificación de la resolución.
La resolución se notificará individualmente a cada persona o entidad beneficiaria de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Noveno. Orden de prelación para las actividades subvencionables, ponderación y
valoración.
1. L
as actividades subvencionables establecidas de acuerdo con lo previsto en el artículo 4
de la Orden de 27 de marzo de 2020 y el orden de prelación determinado por la Dirección
General de Agricultura y Ganadería según establece el artículo 5.3 de la citada orden, para
esta convocatoria son los siguientes: