Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060318)
Resolución de 25 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de explotación avícola de cebo de pollos, en el término municipal de Alagón del Río, cuyo promotor es José María Jiménez Muriano. Expte.: IA20/0295.
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NÚMERO 22
Miércoles 1 de febrero de 2023

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Rural de Población y Desarrollo Rural), Servicio de Regadíos (Secretaria Rural de Población
y Desarrollo Rural) y de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.
Con fecha 12 de enero de 2022, el promotor presenta en la DGS la solicitud de inicio de
evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto de explotación avícola y el resto
de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se
inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70 de la precitada Ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
y alegaciones recibidas. El promotor manifiesta su conformidad y se compromete a implementar cada una de las medidas propuestas.
Revisado el documento técnico del proyecto y los informes emitidos, con toda la información hasta aquí recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.
El promotor ha estudiado, además de la alternativa 0, tres alternativas de ubicación
para el proyecto, que se describen y analizan a continuación, justificando la alternativa
propuesta en base a diversos criterios, entre los que está el ambiental.
Alternativas de emplazamiento


— Alternativa cero (descartada): La no ejecución del proyecto conllevaría a mantener
la actividad ganadera de la finca con una nave, tal como está en la actualidad. No
se producirían mayores impactos ambientales que los existentes, pero supondría un
menor beneficio socioeconómico, pues se verían reducidos los puestos de trabajo
directos e indirectos así como la actividad económica, incrementándose la viabilidad
de la granja ya existente.



— La alternativa 1 que es objeto del proyecto consiste en la instalación de la explotación
en la ubicación propuesta para conseguir un mejor rendimiento y unas condiciones sanitarias y de manejo adecuadas, así como la adopción de medidas correctoras necesarias
para dar cumplimiento a la legislación existente en materia medioambiental y de higiene
y bienestar de los animales. La realización de la ampliación supone un incremento en
la eficiencia del aprovechamiento de los recursos, aumentando la competitividad de la
explotación, e indirectamente una reactivación de la actividad económica de la zona.