Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060318)
Resolución de 25 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de explotación avícola de cebo de pollos, en el término municipal de Alagón del Río, cuyo promotor es José María Jiménez Muriano. Expte.: IA20/0295.
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NÚMERO 22
Miércoles 1 de febrero de 2023
7654
4. L
as construcciones, edificaciones e instalaciones deben respectar una distancia a linderos de, al menos, 15 metros de conformidad con el artículo 109 de las Normas Subsidiarias.
5. L
as construcciones, edificaciones e instalaciones deben respetar una distancia a caminos de, al menos, 5 metros, de conformidad con el artículo 66.d) de la Ley 11/2018.
6. L
as construcciones, edificaciones e instalaciones deben situarse a una distancia no
menor de 300 metros del límite del suelo urbano o urbanizable, salvo cuando se trate
de infraestructuras de servicio público, de conformidad con el artículo 66.c) de la Ley
11/2018.
7. L
a altura máxima de edificaciones habrá de ser de 7,50 metros, de conformidad con el
artículo 109 de las Normas Subsidiarias.
Tercero. Respecto del contenido de la calificación rústica previsto por los artículos 65 a 70,
ambos incluidos, de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS):
1) El importe del canon a satisfacer será un mínimo del 2% del importe total de la inversión realizada en la ejecución, que será provisional hasta que se finalice la obra y será
definitivo con la liquidación de las mismas.
2) L
a superficie de suelo requerida para la calificación rústica quedará vinculada legalmente a las edificaciones, construcciones e instalaciones y sus correspondientes actividades
o usos. Mientras la calificación rústica permanezca vigente, la unidad integrada por esos
terrenos no podrá ser objeto de división. Del acto administrativo por el que se otorgue
la calificación rústica, se tomará razón en el Registro de la Propiedad con carácter previo
al otorgamiento de la autorización municipal.
3) L
a calificación rústica tiene un periodo de eficacia temporal limitada y renovable, que en
el presente caso se fija en 68 años.
4) L
a calificación rústica otorgada habrá de inscribirse en el Registro Único de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura.
5) L
a calificación rústica contendrá la representación gráfica georreferenciada de la envolvente poligonal de todos los elementos significativos a materializar sobre el terreno, y
del área de suelo vinculada a la calificación.
Miércoles 1 de febrero de 2023
7654
4. L
as construcciones, edificaciones e instalaciones deben respectar una distancia a linderos de, al menos, 15 metros de conformidad con el artículo 109 de las Normas Subsidiarias.
5. L
as construcciones, edificaciones e instalaciones deben respetar una distancia a caminos de, al menos, 5 metros, de conformidad con el artículo 66.d) de la Ley 11/2018.
6. L
as construcciones, edificaciones e instalaciones deben situarse a una distancia no
menor de 300 metros del límite del suelo urbano o urbanizable, salvo cuando se trate
de infraestructuras de servicio público, de conformidad con el artículo 66.c) de la Ley
11/2018.
7. L
a altura máxima de edificaciones habrá de ser de 7,50 metros, de conformidad con el
artículo 109 de las Normas Subsidiarias.
Tercero. Respecto del contenido de la calificación rústica previsto por los artículos 65 a 70,
ambos incluidos, de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS):
1) El importe del canon a satisfacer será un mínimo del 2% del importe total de la inversión realizada en la ejecución, que será provisional hasta que se finalice la obra y será
definitivo con la liquidación de las mismas.
2) L
a superficie de suelo requerida para la calificación rústica quedará vinculada legalmente a las edificaciones, construcciones e instalaciones y sus correspondientes actividades
o usos. Mientras la calificación rústica permanezca vigente, la unidad integrada por esos
terrenos no podrá ser objeto de división. Del acto administrativo por el que se otorgue
la calificación rústica, se tomará razón en el Registro de la Propiedad con carácter previo
al otorgamiento de la autorización municipal.
3) L
a calificación rústica tiene un periodo de eficacia temporal limitada y renovable, que en
el presente caso se fija en 68 años.
4) L
a calificación rústica otorgada habrá de inscribirse en el Registro Único de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura.
5) L
a calificación rústica contendrá la representación gráfica georreferenciada de la envolvente poligonal de todos los elementos significativos a materializar sobre el terreno, y
del área de suelo vinculada a la calificación.