Servicio Extremeño Público De Empleo. Medidas Urgentes. Empleo. (2023060302)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo, de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.
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NÚMERO 21
7482
Martes 31 de enero de 2023
previstas en los artículos 42 y 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, dará lugar a la revocación de las subvenciones
concedidas y, en su caso, al reintegro total o parcial de las mismas, con la exigencia del
interés de demora legalmente establecido desde el momento del pago de la subvención hasta
la fecha en que se proponga la resolución de la procedencia del reintegro.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrán las personas
interesadas interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente
en materia de empleo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su
notificación, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 28 de diciembre de 2022.
El Director General de Planificación
y Evaluación de Políticas Activas de
Empleo del SEXPE.
(PD, Resolución de 29 de noviembre de
2019,
DOE núm. 240 de 16 de diciembre),
JESÚS SECO GONZÁLEZ
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Martes 31 de enero de 2023
previstas en los artículos 42 y 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, dará lugar a la revocación de las subvenciones
concedidas y, en su caso, al reintegro total o parcial de las mismas, con la exigencia del
interés de demora legalmente establecido desde el momento del pago de la subvención hasta
la fecha en que se proponga la resolución de la procedencia del reintegro.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrán las personas
interesadas interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente
en materia de empleo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su
notificación, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 28 de diciembre de 2022.
El Director General de Planificación
y Evaluación de Políticas Activas de
Empleo del SEXPE.
(PD, Resolución de 29 de noviembre de
2019,
DOE núm. 240 de 16 de diciembre),
JESÚS SECO GONZÁLEZ
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