Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060324)
Resolución de 26 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa a la modificación puntual n.º 3 del Proyecto de Interés Regional (PIR) Parque de Desarrollo Industrial Norte de Extremadura, en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres). Expte.:IA22/0651.
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NÚMERO 21
Martes 31 de enero de 2023

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Se pretende así dotar al PIR de diversas parcelas con mayores dimensiones que las
preexistentes, de modo que permitan la implantación de usos industriales y/o logísticos
que conlleven mayores necesidades espaciales (mayores superficies de parcela),
adaptando de este modo el PIR a las demandas reales de mercado.
Como consecuencia de esta modificación que se propone, se produce un aumento de la
superficie del PIR que pasa de comprender 3.366.404,180 m2 a ahora 4.252.606,826 m2, lo
que conlleva un aumento de su edificabilidad máxima total que pasa de los 1.758.996,384 a
los 2.047.939,623 nuevos.
Las actuaciones que comprende la modificación son las siguientes:
1. M
 odificación de viales: La corrección puntual de la ordenación urbanística del ámbito del
PIR conlleva que el viario en la zona de intervención Este y Sur, aún no ejecutado, se
elimine para poder posibilitar así la consecución de las nuevas grandes manzanas de uso
Industrial. En la zona de reclasificación al noreste del PIR actual no se genera ningún
viario nuevo y en la zona reordenada del PIR actual se suprimen los viales pendientes de
ejecución. Por tanto, la realización de nuevos viales a consecuencia de la modificación
es inexistente puesto que, como queda especificado, la misma no propone la generación
de viales, sino la supresión de los pendientes de hacer del PIR actual.
2. A
 umento de la superficie de aparcamientos: Puesto que se produce un aumento de
la superficie de uso industrial, se produce igualmente un aumento de la superficie de
aparcamientos necesaria para cumplir los estándares requeridos por la Ley, generándose
nuevas Zonas de Aparcamiento mucho más amplias que las inicialmente previstas.
La superficie dedicada a este uso pasa de los 58.698,60 m2 inicialmente previstos a
183.859,044 m2. La ubicación de los mismos se encuentra en la zona del PIR actual, no
generándose ninguna zona de aparcamiento en los terrenos que pretenden reclasificarse.
3. A
 umento de la superficie de Uso Industrial: Se unifican superficialmente determinadas
parcelas, conformando otras de mayor superficie que se extenderán por buena parte
de la superficie del ámbito Este y Sur de la actuación, reguladas principalmente como
de uso Industrial, a fin de posibilitar en ella la implantación de usos requeridos. Con la
nueva ordenación surgida de la modificación propuesta la superficie de uso industrial,
aumentará de 1.583.963,04 m2 a 2.724.185,05 m2. No existen acciones inherentes a la
implantación de este uso, puesto que la urbanización sólo genera la creación de parcelas
vacías que puedan albergar una futura actividad industrial.
4. A
 umento de la superficie de Zona Verde: La modificación propuesta asigna puntualmente
una diferente ubicación a determinadas Zonas Verdes, incrementando más que