Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060301)
Resolución de 19 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modificación de características de una concesión de aguas superficiales del río Guadiana totalizando 331,0522 ha, en la finca Don Tello, cuyo promotor es Vegahermosa, SL", en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA21/1261.
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NÚMERO 21
Martes 31 de enero de 2023



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26. S
 i durante la ejecución de los trabajos se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma, paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los
restos y se comunicará su descubrimiento en el plazo de 48 horas a la Dirección
General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura.



27. A
 l encontrase el proyecto dentro del Yacimiento Arqueológico de Mérida, el promotor deberá informar de manera previa a la ejecución del proyecto de las actuaciones
previstas al Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida, que podrá establecer
las medidas necesarias y adicionales a las establecidas en el presente informe, en
el ámbito de sus competencias.

4.3. Medidas en la fase de explotación.


1. E
 l proyecto estará condicionado a la obtención de la correspondiente resolución
favorable de la modificación de características de concesión de aguas superficiales
solicitada (CONC. 2335-B), emitida por la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
En este sentido, se estará a lo dispuesto en la Resolución del expediente de la modificación de características de concesión de aguas superficiales referida, que deberá
tener debidamente en cuenta la evaluación de impacto ambiental efectuada y lo
establecido en el presente informe.



2. S
 e cumplirán las medidas indicadas en el informe emitido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, indicadas anteriormente en el presente informe, indicándose a continuación las de mayor relevancia desde el punto de vista ambiental:



2.1. D
 e acuerdo con el art. 25.1 de las Disposiciones Normativas del Plan, como
norma general y para todo el ámbito territorial de este Plan Hidrológico, y con
el fin de asegurar el cumplimiento de los caudales ecológicos y que se alcance
el buen estado de las masas de agua, sólo se otorgarán nuevas concesiones de
agua, tanto superficial como subterráneas, que se correspondan con las asignaciones para aprovechamientos actuales y futuros definidos en el art. 11 de las
Disposiciones Normativas del Plan. En este sentido, la concesión de recurso se
realizará de acuerdo con la asignación establecida en el Apéndice 5 de las Disposiciones Normativas del Plan para el horizonte 2021, y con cargo a la reserva
de recursos, según lo indicado en el art. 11.4 de las Disposiciones Normativas
del Plan.



2.2. D
 e acuerdo con la información recibida, la ampliación de superficie solicitada
cumple las condiciones y es conforme con lo establecido en el art. 22 b) de