Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060170)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de la Juventud de Extremadura y el Ayuntamiento de Hervás por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención para la realización de "Labores de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de dicha localidad durante los años 2022 y 2023".
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NÚMERO 21
7337
Martes 31 de enero de 2023
Será requisito previo indispensable para la liquidación y pago de la ayuda, la acreditación documental gráfica y suficiente por parte del Ayuntamiento de la instalación de tales medidas.
Deberá atenderse igualmente a lo establecido en el Decreto 44/2016, de 12 de abril, por el
que se modifica el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la Identidad Corporativa del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Conforme a lo establecido en los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, la presente subvención se publicará en el Diario Oficial
de Extremadura, la Sede electrónica corporativa de Junta de Extremadura, dentro del Portal
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma; así como en el Porta de la Transparencia y la
Participación Ciudadana de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11.1 de la Ley
4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2013, de
17 de noviembre, General de Subvenciones se dará publicidad de la concesión en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones.
Decimotercera. Régimen jurídico y jurisdicción competente.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y obligará a las partes intervinientes
desde el momento de su firma.
Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o
resolución del presente Convenio, una vez agotada la vía administrativa, será resueltas por la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en la
manera regulada por la ley de la citada jurisdicción.
Decimocuarta. Vigencia.
El periodo de vigencia del presente Convenio se extenderá desde el 1 de enero de 2022 hasta
el 31 de diciembre de 2023, extendiendo sus efectos en lo relativo a los gastos subvencionables hasta el 31 de enero de 2024 de acuerdo a con lo previsto en la Cláusula Quinta.
En prueba de conformidad, se firma el presente Convenio, por triplicado ejemplar, y a un solo
efecto, en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.
La Presidenta del Instituto de la Juventud de
Extremadura.
PD, La Secretaria General
de la Consejería de Igualdad y Cooperación
para el Desarrollo.
Resolución de 24 de julio de 2019
(DOE Número 145, de 29 de julio),
DOÑA ANTONIA POLO GÓMEZ
La Alcaldesa-Presidenta del
Ayuntamiento de Hervás,
DOÑA PATRICIA VALLE CORRIOLS
7337
Martes 31 de enero de 2023
Será requisito previo indispensable para la liquidación y pago de la ayuda, la acreditación documental gráfica y suficiente por parte del Ayuntamiento de la instalación de tales medidas.
Deberá atenderse igualmente a lo establecido en el Decreto 44/2016, de 12 de abril, por el
que se modifica el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la Identidad Corporativa del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Conforme a lo establecido en los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, la presente subvención se publicará en el Diario Oficial
de Extremadura, la Sede electrónica corporativa de Junta de Extremadura, dentro del Portal
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma; así como en el Porta de la Transparencia y la
Participación Ciudadana de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11.1 de la Ley
4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2013, de
17 de noviembre, General de Subvenciones se dará publicidad de la concesión en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones.
Decimotercera. Régimen jurídico y jurisdicción competente.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y obligará a las partes intervinientes
desde el momento de su firma.
Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o
resolución del presente Convenio, una vez agotada la vía administrativa, será resueltas por la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en la
manera regulada por la ley de la citada jurisdicción.
Decimocuarta. Vigencia.
El periodo de vigencia del presente Convenio se extenderá desde el 1 de enero de 2022 hasta
el 31 de diciembre de 2023, extendiendo sus efectos en lo relativo a los gastos subvencionables hasta el 31 de enero de 2024 de acuerdo a con lo previsto en la Cláusula Quinta.
En prueba de conformidad, se firma el presente Convenio, por triplicado ejemplar, y a un solo
efecto, en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.
La Presidenta del Instituto de la Juventud de
Extremadura.
PD, La Secretaria General
de la Consejería de Igualdad y Cooperación
para el Desarrollo.
Resolución de 24 de julio de 2019
(DOE Número 145, de 29 de julio),
DOÑA ANTONIA POLO GÓMEZ
La Alcaldesa-Presidenta del
Ayuntamiento de Hervás,
DOÑA PATRICIA VALLE CORRIOLS