Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060077)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y Fundación Trilema para la implantación de acciones de innovación educativa que promuevan hábitos saludables, autorregulación y gestión de emociones en el alumnado de Educación Infantil y Educación Primaria, a través del programa educativo "Fluye".
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NÚMERO 18

6537

Jueves 26 de enero de 2023

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Y EMPLEO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y FUNDACIÓN TRILEMA PARA
LA IMPLANTACIÓN DE ACCIONES DE INNOVACIÓN EDUCATIVA QUE
PROMUEVAN HÁBITOS SALUDABLES, AUTORREGULACIÓN Y GESTIÓN DE
EMOCIONES EN EL ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y EDUCACIÓN
PRIMARIA, A TRAVÉS DEL PROGRAMA EDUCATIVO “FLUYE”.
Mérida, 27 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, D. Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE Extraordinario núm. 1, de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE
núm. 223, de 19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
De otra parte, D.ª M.ª del Carmen Pellicer Iborra, con DNI n.º ***5197**, actuando en nombre y representación de Fundación Trilema, con domicilio en Calle José Faus, n.º 17, cp 46023
- Valencia, y CIF G-98478175, en su condición de Presidenta, haciendo uso de las facultades
que se le tienen conferidas en escritura otorgada ante el ilustre Notario del Ilustre Colegio
de Valencia, D. Juan Piquer Belloch, en fecha 20/11/2012, bajo el número 3.066 (tres mil
sesenta y seis) de su protocolo.
En lo sucesivo la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Fundación Trilema podrán ser denominadas conjunta e indistintamente como las Partes, y de forma
individual como Parte.
Las partes, según intervienen, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria y la representación suficiente para formalizar el presente Convenio y al efecto,
EXPONEN
I. La Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de Reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 10.1.4, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda
su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
Por Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasaron las funciones y servicios
en materia de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la Comunidad
Autónoma de Extremadura.