Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060074)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo entre la Consejería de Educación y Empleo y las Organizaciones Patronales y Sindicales de la Enseñanza Concertada de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sobre el mantenimiento de la calidad de la educación y de los niveles retributivos.
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NÚMERO 18
Jueves 26 de enero de 2023

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dos al sostenimiento de los centros concertados se fijará anualmente en los Presupuestos del
Estado.
De esta manera, el artículo 13 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (B.O.E. núm.312, de 29 de diciembre de 2021) establece
que el importe del módulo económico por unidad escolar, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros concertados para
el año 2022, será el fijado en el Anexo IV de esta ley, el cual recoge un incremento del 2 por
ciento, respecto al ejercicio precedente, en el módulo económico de distribución de fondos
públicos para el sostenimiento de centros concertados, en la parte de salarios y gastos variables del profesorado, medida de carácter básico aplicable por las Administraciones Educativas.
Por otra parte, el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del «Plan + seguridad para tu energía (+SE)»,
así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de
protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía, ( B.O.E.
núm. 251, de 19 de octubre de 2022), autoriza en su artículo 23 un aumento adicional del
1,5 por ciento de las retribuciones del personal del sector público, extensible a los módulos
económicos de salarios y gastos variables del profesorado de la enseñanza concertada, con
efectos de 1 de enero de 2022, que tiene carácter adicional al 2 por ciento autorizado en la
Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del estado para el año 2022.
No obstante, y a pesar de que los incrementos del 2% y del 1,5% adicional referidos anteriormente, no resulten de aplicación a los complementos retributivos autonómicos, la Junta
de Extremadura, en cumplimiento de lo prevenido en el apartado primero de la disposición
adicional quinta de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022 (DOE núm. 251 de 31 de diciembre)
y con el objetivo de incrementar las retribuciones globales del profesorado de la enseñanza
concertada en la misma proporción y equipararlos a las de los docentes públicos, decide incrementar los complementos salariales de carácter autonómico, Complemento Autonómico y
Complemento Específico de Enseñanza Concertada, en un 3,5 por ciento, con efectos desde
el 1 de enero de 2022.
En consecuencia, habiendo finalizado la prórroga de su vigencia el Acuerdo de 9 de septiembre de 2021, y teniendo en cuenta la normativa básica de Presupuestos Generales del Estado
antes expuesta y la voluntad de la Junta de Extremadura, la Administración educativa extremeña y las organizaciones sindicales y patronales representantes de la enseñanza concertada
en Extremadura deciden suscribir el presente Acuerdo.