Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060066)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Don Benito para la concesión de una subvención destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de inversión (itinerarios peatonales y carril reservado para bicicletas en la calle Ayala) en esta localidad, en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos procedentes del instrumento de recuperación de la Unión Europea.
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NÚMERO 17
6286
Miércoles 25 de enero de 2023
b) El acuerdo unánime de las partes firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones
o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado
al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa
conllevará la indemnización de los perjuicios causados.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
4. E
fectos de la resolución. La resolución del convenio dará lugar a su liquidación con el objeto
de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes.
Si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones
en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, vigilancia y
control del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en
curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización,
transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.
En otro caso, extinguido el plazo de vigencia del presente convenio, o producida, por otra
causa, su resolución, sin que se haya materializado totalmente la ejecución del proyecto de
inversión, el Ayuntamiento reintegrará a la Consejería las cantidades que hubiere percibido
de esta, sin que proceda subsiguiente aportación financiera autonómica alguna por dicho
concepto.
Y para que así conste, firman el presente documento en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha
que figura en el encabezamiento.
La Directora General de Transportes,
El Alcalde-Presidente,
EVA M.ª SÁNCHEZ-MONTERO VELASCO
JOSÉ LUIS QUINTANA ÁLVAREZ
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
6286
Miércoles 25 de enero de 2023
b) El acuerdo unánime de las partes firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones
o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado
al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa
conllevará la indemnización de los perjuicios causados.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
4. E
fectos de la resolución. La resolución del convenio dará lugar a su liquidación con el objeto
de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes.
Si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones
en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, vigilancia y
control del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en
curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización,
transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.
En otro caso, extinguido el plazo de vigencia del presente convenio, o producida, por otra
causa, su resolución, sin que se haya materializado totalmente la ejecución del proyecto de
inversión, el Ayuntamiento reintegrará a la Consejería las cantidades que hubiere percibido
de esta, sin que proceda subsiguiente aportación financiera autonómica alguna por dicho
concepto.
Y para que así conste, firman el presente documento en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha
que figura en el encabezamiento.
La Directora General de Transportes,
El Alcalde-Presidente,
EVA M.ª SÁNCHEZ-MONTERO VELASCO
JOSÉ LUIS QUINTANA ÁLVAREZ
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU