Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060067)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Badajoz para la concesión de una subvención destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de inversión (construcción de plataforma única para determinadas calles en zona de bajas emisiones) en esta localidad, en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos procedentes del instrumento de recuperación de la Unión Europea.
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NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023

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de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. T
 oda referencia a la actuación objeto de la ayuda del presente convenio en publicaciones,
actividades de difusión, páginas web y, en general, en cualesquiera medios de difusión,
debe cumplir con los requisitos que figuren en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, o en el Manual que sea aprobado por el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Sin perjuicio de lo anterior, deberá figurar en
todo caso la referencia a la financiación de la actuación mediante fondos del citado Plan y
a su gestión por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en los términos
previstos en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
3. C
 on independencia de la publicidad de la subvención en el Portal de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma y en el Diario Oficial de Extremadura, la concesión se publicará, en
cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, del Gobierno Abierto de
Extremadura, en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, sin
perjuicio de la publicidad derivada de la comunicación de la convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, prevista en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Decimoctava. Plazo de vigencia.
1. E
 l presente convenio extiende su vigencia desde la fecha de su firma, por las partes que
intervienen en la colaboración, hasta el día 31 de diciembre de 2024.
2. E
 n cualquier momento antes de la finalización del plazo, las partes firmantes del convenio
podrán acordar unánimemente su prórroga por un período máximo de un año, siempre que
esta posibilidad no contravenga los plazos establecidos para el cumplimiento de los hitos y
objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Decimonovena. Efectos.
1. Naturaleza. El presente Convenio presenta naturaleza administrativa.
2. P
 erfección. El Convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes
en el momento de su firma.
3. S
 ometimiento. El Convenio que se celebra obligará a las Administraciones intervinientes
desde el momento de su firma.

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU