Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060065)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, la Diputación Provincial de Cáceres y los Ayuntamientos de Cáceres y Casar de Cáceres para la construcción de carril bici interurbano y senda peatonal paralelos a la vía CC-324 (antigua CC-38) en el tramo comprendido entre las localidades de Cáceres y Casar de Cáceres en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos procedentes del instrumento de recuperación de la Unión Europea.
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NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023
6267
esta posibilidad no contravenga los plazos establecidos para el cumplimiento de los hitos y
objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Decimosexta. Efectos.
1. Naturaleza. El presente Convenio presenta naturaleza administrativa.
2. P
erfección. El Convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes
en el momento de su firma.
3. S
ometimiento. El Convenio que se celebra obligará a las Administraciones intervinientes
desde el momento de su firma.
4. J urisdicción. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del Convenio serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo
Contencioso-Administrativo.
Decimoséptima. Extinción.
1. C
ausas. Son causas de extinción del Convenio que se celebra el cumplimiento de la actuación que constituye su objeto y su resolución.
2. C
umplimiento. El Convenio se entenderá cumplido cuando se haya realizado, de acuerdo
con los términos del mismo y a satisfacción de ambas partes, la totalidad de su objeto.
3. Resolución. Son causas de resolución del Convenio:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del
mismo.
b) El acuerdo unánime de las partes firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones
o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado
al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes
firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
Miércoles 25 de enero de 2023
6267
esta posibilidad no contravenga los plazos establecidos para el cumplimiento de los hitos y
objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Decimosexta. Efectos.
1. Naturaleza. El presente Convenio presenta naturaleza administrativa.
2. P
erfección. El Convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes
en el momento de su firma.
3. S
ometimiento. El Convenio que se celebra obligará a las Administraciones intervinientes
desde el momento de su firma.
4. J urisdicción. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del Convenio serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo
Contencioso-Administrativo.
Decimoséptima. Extinción.
1. C
ausas. Son causas de extinción del Convenio que se celebra el cumplimiento de la actuación que constituye su objeto y su resolución.
2. C
umplimiento. El Convenio se entenderá cumplido cuando se haya realizado, de acuerdo
con los términos del mismo y a satisfacción de ambas partes, la totalidad de su objeto.
3. Resolución. Son causas de resolución del Convenio:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del
mismo.
b) El acuerdo unánime de las partes firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones
o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado
al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes
firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU