Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060233)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de secadero de cereales y otras actividades, cuyo promotor es San Agustín de Obando, SCL, en el término municipal de Navalvillar de Pela.
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NÚMERO 17

6425

Miércoles 25 de enero de 2023

a la salud de las personas en relación con los aspectos objeto de la autorización, el Servicio de
Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar Autorización Ambiental Unificada a favor de San Agustín de Obando, SCL, para el
proyecto de secadero de cereales y otras actividades, categoría 3.2.b del Anexo II, relativa a
“Instalaciones para tratamiento y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos
alimenticios o piensos a partir de materia prima vegetal, sean fresca, congelada, conservada,
precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de
productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de
que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año
cualquiera, y superior a 20 toneladas por día”, ubicada en el término municipal de Navalvillar
de Pela, a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protección Ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el
condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones
de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º
de expediente de la actividad proyectada es el AAUN 22/009.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y control de
los residuos generados en la actividad
1. L
 os residuos no peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:
CÓDIGO LER

(1)

Mezclas de residuos
municipales

Papel y cartón

(1)

RESIDUO

ORIGEN

DESTINO

CANTIDAD TRATADA
ANUAL (Kg)

20 03 01

Mezcla de residuos
municipales
asimilables a
urbanos

Planta de
tratamiento
de RSU

210

20 01 01

Mezcla de residuos
municipales
asimilables a
urbanos

Planta de
tratamiento
de RSU

150

LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de 2014.