Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Incentivos A La Inversión. Ayudas. (2023040021)
Decreto 1/2023, de 11 de enero, por el que se establece un régimen de incentivos autonómicos a la inversión empresarial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023

6074

Artículo 2. Régimen jurídico.
1. Las ayudas a las que se refiere este decreto se regularán, además de por lo dispuesto en
esta norma, por las disposiciones establecidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por su normativa de desarrollo,
por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
2. También les será de aplicación la siguiente normativa comunitaria:
• El Reglamento (UE) n.º 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio
de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión;
• El Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio
de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de
Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las
normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración,
el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de
Fronteras y la Política de Visados.
• El Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que
se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
• Resto de normativa que le resulte de aplicación, en especial la que pueda dictarse en
aplicación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (EIE), y en su caso, por
la reglamentación comunitaria que en sustitución de los mencionados reglamentos estuviere vigente.
3. Las ayudas reguladas en este decreto están exentas de la obligación de notificación prevista en el artículo 108, apartado 3, del Tratado de funcionamiento y se enmarcaran dentro de
las ayudas regionales a la inversión en favor de las pymes, estando sujetas a lo dispuesto
en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión y a las Directrices sobre las ayudas
estatales de finalidad regional para el periodo 2022-27 (DOUE 2021/C 153/01, de 29 de
abril de 2021).