Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Incentivos A La Inversión. Ayudas. (2023040021)
Decreto 1/2023, de 11 de enero, por el que se establece un régimen de incentivos autonómicos a la inversión empresarial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023

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notificado la resolución, los interesados estarán legitimados para entender desestimada
su solicitud de ayuda por silencio administrativo.
f. La concesión de estas subvenciones no exime a las empresas beneficiarias del cumplimiento del resto de sus obligaciones económicas, fiscales y de legalización ante organismos nacionales, regionales, provinciales o locales.
g. La alteración de las condiciones que originan el derecho a ser beneficiario de estas ayudas y que se han tenido en cuenta para la valoración y concesión de la subvención podrá
dar lugar a la modificación de la resolución de concesión y, en su caso, a la revocación y
al reintegro de la subvención que ya se hubiese cobrado más intereses, en los términos
previstos en los artículos 27 y 31 del decreto de bases reguladoras.
6. Financiación de las ayudas.
La dotación económica total para esta convocatoria asciende a 40.000.000 €. Esta cantidad
podrá ser aumentada en función de las disponibilidades presupuestarias.
Se imputarán al centro gestor 140040000 en las siguientes partidas presupuestarias, sin
perjuicio de posibles modificaciones, ampliaciones o cambios de estructura que pudieran
producirse:
G/323A/77000, código de proyecto de gasto 20140138 denominado “Incentivos complementarios a la inversión”.
G/323A/77000, código de proyecto de gasto 20220238 denominado “Incentivos Autonómicos a la inversión”.
La financiación de las ayudas que se regulan en el presente decreto se realizará, siempre
que sea posible, con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional -FEDER- de Extremadura correspondiente al periodo de programación 2021-2027.
El porcentaje de cofinanciación será de un 85 %. Las subvenciones concedidas a grandes
empresas en ningún caso podrán tener esa cofinanciación del FEDER.
Las acciones que se prevé poner en marcha a través de este decreto, se encuentran previstas en dicho Programa Operativo dentro del Objetivo Político 1 “una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente
y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones”;
Prioridad 1.A “Transición Digital e Inteligente” y Objetivo Específico 1.3 “El refuerzo del
crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas,
también mediante inversiones productivas”.