Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060224)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, para la autorización ambiental integrada del proyecto de planta de biomasa de 49,9 MWe, titularidad de Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU, en el término municipal de Logrosán, provincia de Cáceres.
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NÚMERO 16

5928

Martes 24 de enero de 2023

4. Los residuos generados se entregarán a gestores autorizados para el tratamiento de los
residuos, debiendo aplicarse la jerarquía en la gestión de residuos establecida por la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
5. Tal como se indica en el apartado g de la presente resolución, el titular de la AAI deberá
indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados, en su caso,
se hacen cargo de los residuos generados, debiendo aplicarse la jerarquía en la gestión de
residuos establecida por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.
6. Queda expresamente prohibida la mezcla de los residuos generados entre sí o con otros
residuos. Los residuos deberán segregarse desde su origen, disponiéndose de los medios
de recogida y almacenamiento intermedio adecuados para evitar dichas mezclas.
7. Los residuos peligrosos deberán almacenarse en áreas cubiertas y de solera impermeable,
que conducirá posibles derrames o lixiviados a arqueta de recogida estanca, cubeto de
retención o sistema de similar eficacia.
- b - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica.
1. Las instalaciones cuyo funcionamiento de lugar a emisiones contaminantes a la atmósfera
habrán de presentar un diseño, equipamiento, construcción y explotación que eviten una
contaminación atmosférica significativa a nivel del suelo. En particular, los gases de escape
serán liberados de modo controlado y de acuerdo con lo establecido en la presente resolución por medio de chimeneas que irán asociadas a cada uno de los focos de emisión. La
altura de las chimeneas, así como los orificios para la toma de muestras y plataformas de
acceso cumplirán la Orden de 18 de octubre de 1976, sobre la prevención y corrección de
la contaminación industrial de la atmósfera.
2. Además, las secciones y sitios de medición del foco principal, cumplirá los requisitos establecidos en la norma UNE-EN 15259:2008 compatibles con los indicados en la Orden de 18
de octubre de 1976.
3. E
 l complejo industrial consta de los siguientes focos significativos de emisión de contaminantes a la atmósfera, que se detallan en la siguiente tabla.
Foco de emisión
N.º

1

Denominación

Chimenea de evacuación
de gases de combustión
de la caldera

Clasificación RD100/2011, de 28 de
enero
Grupo

A

Código

01 01 02
00

S

X

NS

C

X

D

Combustible
o producto
asociado

Proceso
asociado

Biomasa.
Gasóleo en
arranques

Caldera de
biomasa para
producción de
49,9 MWe. Potencia térmica:
160 MW