Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060229)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de explotación porcina en régimen extensivo, solicitado por José Bueno Fernández en el término municipal de Feria.
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NÚMERO 16
Martes 24 de enero de 2023

5882

RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al
proyecto de explotación porcina en régimen extensivo, solicitado por José
Bueno Fernández en el término municipal de Feria. (2023060229)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 19 de noviembre de 2019 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para explotación
porcina en régimen extensivo ubicado en el término municipal de Feria y promovido por José
Bueno Fernández, con domicilio social en c/ Extremadura, 2 Villalba de los Barros (Badajoz)
y NIF: ***699***.
Segundo. El proyecto consiste en la adaptación y ampliación de una explotación porcina en
régimen extensivo con capacidad para 1.000 plazas de cebo. Esta actividad está incluida en el
ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2. del anexo II.
La finca se sitúa en el término municipal de Feria, en la provincia de Badajoz, corresponde con
las parcelas 38, 498, 499, 500, 501 y 502, del polígono 2, ocupando una superficie total de
196,8538 hectáreas. Las instalaciones se ubicarán en la parcela 38.
Tercero. El Órgano Ambiental publica Anuncio de fecha 11 de febrero de 2020 en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la modificación introducida en la misma por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 24 de febrero de 2020.
Quinto. Con fecha 2 de junio de 2020 y posteriores reiteraciones de fecha 29 de octubre de
2021 y 2 de marzo de 2022, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de Feria, en el
que se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días desde la recepción del expediente, para
remitir un Informe Técnico que se pronunciara sobre la adecuación de la instalación a todas
aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.