Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060225)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada de explotación porcina en régimen intensivo titularidad de Agropecuaria Campos de Marina, SLU, en el término municipal de Campanario.
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NÚMERO 16
Martes 24 de enero de 2023
5769
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga modificación no sustancial de la
autorización ambiental integrada de explotación porcina en régimen intensivo
titularidad de Agropecuaria Campos de Marina, SLU, en el término municipal
de Campanario. (2023060225)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Agropecuaria Campos de Marina, SLU obtuvo resolución de autorización ambiental
integrada (AAI) de la Dirección General de Medio Ambiente, de fecha 4 de diciembre de 2019,
DOE n.º 2 de 3 de enero de 2020, para explotación porcina en régimen intensivo de la que es
titular en el término municipal de Campanario (Badajoz).
Segundo. Con entrada en el Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático
de la Dirección General de Sostenibilidad de 7 de julio de 2022, cuyas tasas fueron recibidas
con fecha 24 de noviembre de 2022, Agropecuaria Campos de Marina, SLU solicita modificación no sustancial de la AAI consistente en, “cambio en el manejo con respecto a los estiércoles, teniendo en cuenta el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, el cual expone en su
artículo 9.1, que cuando la explotación trabaje con estiércol sólido, como es el caso de dicha
explotación en el que utiliza cama de paja para absorber la humedad, deberán disponer de un
estercolero impermeabilizado y cubierto, con un sistema para la recogida de los lixiviados.”
La documentación técnica aportada en la solicitud de modificación no sustancial de la AAI
justifica que la misma es no sustancial según los criterios establecidos en el artículo 30 del
Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y
comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Es Órgano competente para el dictado de la presente resolución la Dirección General de Sostenibilidad según lo establecido en el artículo 4.1.e) del Decreto 170/2019, de 29
de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición
Ecológica y Sostenibilidad.
Segundo. La explotación porcina en régimen intensivo de Agropecuaria Campos de Marina,
SLU, se encuentra dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2016, de
16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control
integrados de la contaminación, y de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la categoría 1.2.a. del anexo
I relativa a “Instalaciones destinadas a la cría intensiva de cerdos que dispongan de más de
2.000 emplazamientos para cerdos de cría (de más de 20 Kg).
Martes 24 de enero de 2023
5769
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga modificación no sustancial de la
autorización ambiental integrada de explotación porcina en régimen intensivo
titularidad de Agropecuaria Campos de Marina, SLU, en el término municipal
de Campanario. (2023060225)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Agropecuaria Campos de Marina, SLU obtuvo resolución de autorización ambiental
integrada (AAI) de la Dirección General de Medio Ambiente, de fecha 4 de diciembre de 2019,
DOE n.º 2 de 3 de enero de 2020, para explotación porcina en régimen intensivo de la que es
titular en el término municipal de Campanario (Badajoz).
Segundo. Con entrada en el Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático
de la Dirección General de Sostenibilidad de 7 de julio de 2022, cuyas tasas fueron recibidas
con fecha 24 de noviembre de 2022, Agropecuaria Campos de Marina, SLU solicita modificación no sustancial de la AAI consistente en, “cambio en el manejo con respecto a los estiércoles, teniendo en cuenta el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, el cual expone en su
artículo 9.1, que cuando la explotación trabaje con estiércol sólido, como es el caso de dicha
explotación en el que utiliza cama de paja para absorber la humedad, deberán disponer de un
estercolero impermeabilizado y cubierto, con un sistema para la recogida de los lixiviados.”
La documentación técnica aportada en la solicitud de modificación no sustancial de la AAI
justifica que la misma es no sustancial según los criterios establecidos en el artículo 30 del
Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y
comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Es Órgano competente para el dictado de la presente resolución la Dirección General de Sostenibilidad según lo establecido en el artículo 4.1.e) del Decreto 170/2019, de 29
de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición
Ecológica y Sostenibilidad.
Segundo. La explotación porcina en régimen intensivo de Agropecuaria Campos de Marina,
SLU, se encuentra dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2016, de
16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control
integrados de la contaminación, y de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la categoría 1.2.a. del anexo
I relativa a “Instalaciones destinadas a la cría intensiva de cerdos que dispongan de más de
2.000 emplazamientos para cerdos de cría (de más de 20 Kg).