Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060228)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de cebadero de terneros en régimen intensivo denominado "La Torrecilla", solicitado por Dehesa la Torrecilla, SL, en el término municipal de Trujillo.
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NÚMERO 16
Martes 24 de enero de 2023

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El entorno en el que se ubica el cebadero de terneros se caracteriza por ser una zona de
carácter agropecuario, la zona de actuación se trata de una finca compuesta principalmente por zonas dedicadas a viña, olivar y labores en secano.
Respecto a la contaminación del suelo, no es previsible la generación de vertidos que
puedan contaminar el suelo y los que puedan producirse durante la ejecución y desarrollo
del proyecto, serán de escasa entidad y evitables y/o corregibles con la aplicación de las
medidas preventivas y correctoras propuestas.
• Fauna.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas comunica que la actividad
solicitada se encuentra fuera de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, y que no es
susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000,
ni se prevén afecciones significativas sobre especies.
• Vegetación.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas comunica que la actividad
solicitada se encuentra fuera de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, y que no es
susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000,
ni se prevén afecciones significativas sobre especies.
• Paisaje.
Se prevé que el impacto sobre el paisaje sea mínimo debido a que el proyecto se localiza
en una zona de carácter agropecuario de similares características. No obstante, el proyecto contempla la aplicación de medidas de integración paisajísticas.
• Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase de funcionamiento el impacto sobre la calidad del aire, lo mismo que el ruido
y la contaminación lumínica, y se limita al movimiento de vehículos en operaciones de suministro de mercaderías, carga y descarga de animales, retirada de residuos y operaciones de
mantenimiento y trabajo diario, así como con los contaminantes emitidos por los animales.
Los contaminantes emitidos a la atmósfera derivados de los animales presentes en la
explotación serán principalmente N2O (almacenamiento exterior de estiércol), NH3 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior) y CH4 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior). Todas emisiones provienen de focos difusos y
dada la enorme dificultad para el control de los valores límite de emisión de las mismas
se sustituirán por la aplicación de una serie de medidas presentes en la resolución.