Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2023060096)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a proyectos de educación para la ciudadanía global tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2023.
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NÚMERO 15
Lunes 23 de enero de 2023

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fecha y el órgano o dependencia en que fueron entregados, y que no hayan transcurrido
más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan y no hayan
sufrido modificación alguna. Excepcionalmente, si el órgano gestor no pudiera recabar los
citados documentos, podrá solicitar nuevamente al interesado su aportación.
8. E
 l órgano instructor podrá consultar o recabar la información necesaria para comprobar los
extremos referidos a la justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias,
con la seguridad social y con la Hacienda Autonómica siempre que conste la Autorización
expresa en la solicitud.
Las entidades que formen parte de una agrupación por su parte deberán expresar mediante
modelo normalizado (anexo VIII) su autorización para recabar de oficio dichos extremos.
En el caso de que las entidades solicitantes, o las entidades que formen parte de una agrupación, no autoricen las consultas referidas en los párrafos anteriores, deberán aportar
certificación expedida por el organismo correspondiente que acredite dichos extremos, que
tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición, salvo
que reglamentariamente se establezca otro plazo.
La solicitud y el resto de la documentación complementaria que lo precise serán firmados
por la persona que estatutariamente ostente la representación legal de la entidad e irán
dirigidos al órgano competente para resolver la concesión de ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo de la AEXCID. En el supuesto de agrupaciones de entidades, la solicitud será firmada por la representación legal de la agrupación y se acompañará de la documentación prevista en el artículo 4.2 del decreto de bases reguladoras. La
solicitud, así como los formularios vinculados al procedimiento estarán disponibles para su
descarga en el siguiente enlace: https://www.juntaex.es/w/0629722?inheritRedirect=true.
A la solicitud se acompañará su respectiva copia en formato digital que corresponda a cada
tipo de archivo (pdf, doc o similar y hoja de cálculo para los cuadros presupuestarios).
Las solicitudes deberán de ser presentadas, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por medios electrónicos, en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura, disponible en la sede electrónica de la misma (https://sede..es/SEDE), de acuerdo con
el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los registros electrónicos
de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Conforme a lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si no se
presentará la solicitud por medios electrónicos en alguno de los registros electrónicos ha-