Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2023060097)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a proyectos de cooperación internacional para el desarrollo tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2023.
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NÚMERO 15
Lunes 23 de enero de 2023



5477

• Declaración de la persona responsable del proyecto, con el visto bueno de la representación legal de la entidad, adscrita a la sede o delegación de Extremadura que
acredite dicha función conforme a modelo normalizado, anexo III.

b) Para las Entidades solicitantes que no tengan la residencia fiscal en el territorio español,
así como sus agrupaciones.


• En su caso, estatutos de la entidad, salvo que la documentación exigida obre en poder
de la AEXCID y no haya sufrido modificación alguna desde su presentación.



• En su caso, certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad competente.



• Documentación que acredite estructura, experiencia y capacidad operativa para lograr
los objetivos propuestos en la intervención presentada.

6. E
 n el caso de solicitudes de agrupaciones de entidades, se deberá presentar acuerdo de
colaboración para agrupaciones de entidades conforme a modelo normalizado, (anexo IV).
7. N
 o será necesaria la aportación de aquellos documentos que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración, siempre que se haga constar la
fecha y el órgano o dependencia en que fueron entregados, y que no hayan transcurrido
más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan y no hayan
sufrido modificación alguna. Excepcionalmente, si el órgano gestor no pudiera recabar los
citados documentos, podrá solicitar nuevamente al interesado su aportación.
8. E
 l órgano instructor podrá consultar o recabar la información necesaria para comprobar los
extremos referidos a la justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias,
con la seguridad social y con la Hacienda Autonómica siempre que conste la Autorización
expresa de la entidad interesada en la solicitud.
Las entidades que formen parte de una agrupación por su parte deberán expresar mediante
modelo normalizado (anexo VIII) su autorización para recabar de oficio dichos extremos.
En el caso de que las entidades solicitantes, o las entidades que formen parte de una agrupación, no autoricen las consultas referidas en los párrafos anteriores, deberán aportar
certificación expedida por el organismo correspondiente que acredite dichos extremos, que
tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición, salvo
que reglamentariamente se establezca otro plazo.
9. L
 a solicitud y el resto de la documentación complementaria que lo precise serán firmados
por la persona que estatutariamente ostente la representación legal de la entidad e irán
dirigidos al órgano competente para resolver la concesión de ayudas en materia de coo-