Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060202)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Modernización de regadíos en la Comunidad de Regantes de Guadiana Sector - E1", en los términos municipales de Montijo, Badajoz, Guadiana y Pueblonuevo del Guadiana (Badajoz), cuya promotora es la Comunidad de Regantes de Guadiana. Expte.: IA22/0543.
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NÚMERO 15
Lunes 23 de enero de 2023

5604

A continuación, se resume el contenido principal de los informes y alegaciones recibidos:
1. Con fecha de 2 de septiembre de 2022, el Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana,
informa que las actuaciones definidas en el documento ambiental del proyecto, no presentan incidencia alguna ni urbanística ni medioambiental sobre el término municipal de
Pueblonuevo del Guadiana.
2. Con fecha 7 de septiembre de 2022, el Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emite informe en el que se indica
que no se detecta afección sobre instrumento de ordenación territorial aprobado (Ley
15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, con
modificaciones posteriores, y Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial
y urbanística sostenible de Extremadura, con modificaciones posteriores) en el ámbito
territorial de la consulta, ni alguna otra consideración que se pueda aportar referidas a
aspectos ambientales.
3. C
 on fecha de 12 de septiembre de 2022 la sección de Vías Pecuarias, del Servicio de
Infraestructuras del Medio Rural, informa sobre la no afección a ninguna de las vías
pecuarias clasificadas en los términos municipales de la zona de actuación, en cumplimiento de la legislación vigente en materia de vías pecuarias (Ley 3/1995, de 23 de
marzo, Decreto 49/2000, de 8 de marzo y Ley 6/2015, de 24 de marzo).
4. C
 on fecha 14 de septiembre de 2022, los Agentes del Medio Natural de la zona emiten
informe indicando que los efectos sobre el ser humano serán positivos a nivel económico y social, sin afectar a núcleos de población. No se prevé afección sobre el suelo, el
agua, la flora, la fauna, el aire, el paisaje y el clima. Así mismo, afirman que la zona de
actuación no se encuentra dentro de alguno de los Montes gestionados por la Dirección
General de Medio Ambiente ni está sometido a expediente sancionador.
5. Con fecha de 19 de septiembre de 2022, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos
y Patrimonio Cultural propone informar favorablemente el proyecto, condicionado a la
asunción y puesta en marcha de las indicaciones y recomendaciones incluidas en el informe emitido, las cuales han sido incorporadas al presente informe.
6. Con fecha 20 de septiembre de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y
Áreas Protegidas, de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe de Afección a
la Red Natura 2000 y sobre la Biodiversidad, en el que indica que por el tipo de obra que
se plantea, no se prevé que estas provoquen afecciones significativas sobre especies ni
hábitats protegidos. Por lo que concluye informando favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos