Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060201)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Modernización de la Comunidad general de usuarios del Canal de Montijo", a ejecutar en los términos municipales de Badajoz, La Garrovilla y Guadiana (Badajoz), cuya promotora es la Comunidad general de usuarios del Canal de Montijo. Expte.: IA22/0816.
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NÚMERO 15
Lunes 23 de enero de 2023

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Con la adopción de esta alternativa se terminarán las averías y pérdidas de agua, además de conseguir una vida útil de la instalación elevada, siendo una opción mucho más
económica y de mayor facilidad de montaje y mantenimiento que las otras alternativas
consideradas.
3.3. Características del potencial impacto.


3.3.1. Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.



La actividad solicitada se localiza fuera de la Red Natura 2000 y de otras Áreas Protegidas.

Según el informe de afección a la Red Natura 2000 y sobre la biodiversidad (CN 22/6314)
de fecha 20 de septiembre de 2022, emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, el proyecto no
es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura
2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos.


3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.

Se pretende esencialmente aumentar la eficiencia de riego y por lo tanto el ahorro de
agua utilizada en los regadíos. No se contempla en ningún momento el aumento de la
superficie regada ni de las dotaciones máximas autorizadas.
Por tanto, en cuanto al agua, tiene un efecto positivo permanente al hacer un uso más
eficiente de este recurso.
Por otro lado, hay que tener en cuenta los posibles impactos debidos a la presencia de
maquinaria (posibles vertidos), el arrastre de tierras como consecuencia de los movimientos de tierra o la existencia de sustancias potencialmente contaminantes en la obra
(combustibles, aceites, etc.).
En lo referente a la explotación agraria, se deberán cumplir las exigencias que se recogen en la legislación vigente, en particular, en cuanto a la aplicación de las dosis adecuadas de productos fitosanitarios y fertilizantes con el fin de evitar la contaminación
de las masas de agua, tanto superficiales como subterráneas.
En referencia a la evaluación de repercusiones a largo plazo sobre los elementos de calidad que definen el estado o potencial de las masas de agua afectadas por el proyecto,
se deberá dar debido cumplimiento a lo establecido en las directrices contenidas en la
Directiva Marco del Agua (Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación
en el ámbito de la política de aguas) y en concreto sobre los objetivos ambientales es-