Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060201)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Modernización de la Comunidad general de usuarios del Canal de Montijo", a ejecutar en los términos municipales de Badajoz, La Garrovilla y Guadiana (Badajoz), cuya promotora es la Comunidad general de usuarios del Canal de Montijo. Expte.: IA22/0816.
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NÚMERO 15
Lunes 23 de enero de 2023
5582
el ámbito territorial de la consulta, ni alguna otra consideración que se pueda aportar
referidas a aspectos ambientales.
3. C
on fecha de 15 de septiembre de 2022, el Excmo. Ayuntamiento de La Garrovilla, comunica que no existen consideraciones que realizar en materia ambiental, más allá de
la correcta gestión de los residuos que se generen en la obra que debe llevar a cabo el
promotor, en cumplimiento del artículo 25 del Decreto 20/2011, por el que se establece
el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción
y demolición de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En cuanto a materia urbanística, la actuación que afecta al término municipal de La Garrovilla es la modernización
del cuadro eléctrico, con ubicación en la parcela 9066 del polígono 7, referencia catastral 06058A007090660000EU. Según las NNSS, dicho suelo se encuentra como “Suelo
no urbanizable protección de regadíos (SNU-4)”, por lo que deberán tenerse en cuenta
las condiciones particulares desarrolladas en el artículo 85 de las mismas que le pudieran afectar a la situación.
4. Con fecha 20 de septiembre de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y
Áreas Protegidas, de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe de Afección a
la Red Natura 2000 y sobre la Biodiversidad, en el que indica que por el tipo de obra que
se plantea, no se prevé que estas provoquen afecciones significativas sobre especies ni
hábitats protegidos. Por lo que concluye informando favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos
en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats
protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas y que han sido incorporadas
al cuerpo del presente informe.
5. Con fecha de 19 de octubre de 2022, el Excmo. Ayuntamiento de Guadiana, tras analizar las actuaciones, concluye informando que el proyecto se adecúa al planeamiento
vigente en Guadiana y no se observan consideraciones especiales a realizar en relación
a los aspectos ambientales del proyecto.
6. C
on fecha 17 de noviembre de 2022, la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite
informe en el que indica que la zona de actuación se ubica dentro de la zona Regable de
Montijo. Se deberá disponer de autorización de la Dirección Técnica de ese Organismo
para la realización de las obras previstas en el Canal de Montijo y las zonas expropiadas.
En relación al consumo de agua expone que la Comunidad de Regantes de Badajoz –
Canal de Montijo es titular de una concesión de aguas superficiales del río Guadiana,
CONC 09/00 con destino al riego de 10.534 ha en los sectores G-I, G-II, H-I, J, K, L, M-I,
M-II, N, n, O, P y Q de la Zona Regable del Canal de Montijo. La Comunidad de Regantes
de Guadiana es titular de una concesión de aguas superficiales del río Guadiana, CONC
Lunes 23 de enero de 2023
5582
el ámbito territorial de la consulta, ni alguna otra consideración que se pueda aportar
referidas a aspectos ambientales.
3. C
on fecha de 15 de septiembre de 2022, el Excmo. Ayuntamiento de La Garrovilla, comunica que no existen consideraciones que realizar en materia ambiental, más allá de
la correcta gestión de los residuos que se generen en la obra que debe llevar a cabo el
promotor, en cumplimiento del artículo 25 del Decreto 20/2011, por el que se establece
el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción
y demolición de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En cuanto a materia urbanística, la actuación que afecta al término municipal de La Garrovilla es la modernización
del cuadro eléctrico, con ubicación en la parcela 9066 del polígono 7, referencia catastral 06058A007090660000EU. Según las NNSS, dicho suelo se encuentra como “Suelo
no urbanizable protección de regadíos (SNU-4)”, por lo que deberán tenerse en cuenta
las condiciones particulares desarrolladas en el artículo 85 de las mismas que le pudieran afectar a la situación.
4. Con fecha 20 de septiembre de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y
Áreas Protegidas, de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe de Afección a
la Red Natura 2000 y sobre la Biodiversidad, en el que indica que por el tipo de obra que
se plantea, no se prevé que estas provoquen afecciones significativas sobre especies ni
hábitats protegidos. Por lo que concluye informando favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos
en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats
protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas y que han sido incorporadas
al cuerpo del presente informe.
5. Con fecha de 19 de octubre de 2022, el Excmo. Ayuntamiento de Guadiana, tras analizar las actuaciones, concluye informando que el proyecto se adecúa al planeamiento
vigente en Guadiana y no se observan consideraciones especiales a realizar en relación
a los aspectos ambientales del proyecto.
6. C
on fecha 17 de noviembre de 2022, la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite
informe en el que indica que la zona de actuación se ubica dentro de la zona Regable de
Montijo. Se deberá disponer de autorización de la Dirección Técnica de ese Organismo
para la realización de las obras previstas en el Canal de Montijo y las zonas expropiadas.
En relación al consumo de agua expone que la Comunidad de Regantes de Badajoz –
Canal de Montijo es titular de una concesión de aguas superficiales del río Guadiana,
CONC 09/00 con destino al riego de 10.534 ha en los sectores G-I, G-II, H-I, J, K, L, M-I,
M-II, N, n, O, P y Q de la Zona Regable del Canal de Montijo. La Comunidad de Regantes
de Guadiana es titular de una concesión de aguas superficiales del río Guadiana, CONC