Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Tasas. Precios Públicos. (2023060215)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
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NÚMERO 14
Viernes 20 de enero de 2023

ANEXO VI
TASAS DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y
DEPORTES
TASA POR SERVICIOS PRESTADOS POR EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL (Nº Cód.: 15003-5)
BASES Y TIPOS DE GRAVAMEN O TARIFAS.- Las cuantías de las tasas serán las
siguientes:
1.- Tramitación de la Solicitud:
1.1.- Siendo titular de los derechos el propio autor, por cada creación original ..... 7,39 €
1.2.- Siendo titular de los derechos persona física o jurídica distinta del
autor por cada creación original o cada transmisión .......................................73,90 €
2.- Publicidad Registral:
2.1.- Por expedición de certificados referente a cada obra, positivos o negativos.... 12,31 €
2.2.- Por expedición de notas simples, positivas o negativas .................................... 4,93 €
2.3.- Por expedición de copia certificada de documentos, por página .....................4,93 €
2.4.- Por expedición de copia certificada de documentos,
en soporte distinto al papel..............................................................................30,79 €
3.- Anotaciones preventivas y cancelaciones y traslados
de asientos registrales ......................................................................................... 36,94 €
EXENCIÓN:
(Establecida por la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas de
la Comunidad Autónoma de Extremadura)
Están exentos del pago de la tasa por servicios prestados por el Registro Territorial de la
Propiedad Intelectual de Extremadura, las Administraciones Públicas Territoriales radicadas en
el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TASA POR LA UTILIZACION DE ESPACIOS EN MUSEOS E INSTITUCIONES
CULTURALES (Nº Cód.:15004-4)
BASES Y TIPOS DE GRAVAMEN O TARIFAS.- Las cuantías de las tasas serán las
siguientes:
Las tasas de las Instituciones culturales se clasifican en dos grupos:
Grupo I: M.E.I.A.C
Grupo II: Museo de Cáceres, Museo Arqueológico de Badajoz, Archivos Históricos
Provinciales de Cáceres y Badajoz,

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