Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transporte De Viajeros. Subvenciones. (2023060212)
Extracto de la Resolución por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera, para el año 2023.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 14
Viernes 20 de enero de 2023
5154
nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre
el Espacio Económico Europeo, personas a quienes sea de aplicación el régimen comunitario,
o personas titulares del derecho de asilo o del derecho a la protección subsidiaria.
Tercero. Normativa de aplicación y bases reguladoras.
— Disposición adicional decimocuarta de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
— Decreto 83/2017, de 13 de junio (DOE n.º 116, de 19 de junio), por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad
mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía individualizada de la subvención, respecto del gasto subvencionable contraído por
las personas beneficiarias, se ajustará al 100% del mismo.
El importe total de la convocatoria es de cuatro millones setecientos treinta y dos mil seiscientos cuarenta y siete euros con doce céntimos de euro (4.732.647,12 euros), con cargo
a la aplicación presupuestaria G/353C/48000, código de proyecto 20001041 y distribuido en
las anualidades:
2023: 3.527.205,93 €.
2024: 1.205.441,19 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de
la presente Resolución y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, hasta el día 31 de diciembre de 2023.
Sexto. Extensión de la ayuda 100%.
1. L
a ayuda del 100 % del título de transporte, para el gasto subvencionable previsto en el
apartado 3 de la disposición adicional decimocuarta de la Ley 6/2022, será de aplicación en
todos los desplazamientos que efectúen las personas beneficiarias con origen y destino en
la Comunidad Autónoma dentro de los servicios de transporte regular de uso general que
se presten en este ámbito territorial, mediante la contratación de viajes de ida, o de viajes
de ida y vuelta, siendo la vuelta cerrada y concretada en fecha.
Viernes 20 de enero de 2023
5154
nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre
el Espacio Económico Europeo, personas a quienes sea de aplicación el régimen comunitario,
o personas titulares del derecho de asilo o del derecho a la protección subsidiaria.
Tercero. Normativa de aplicación y bases reguladoras.
— Disposición adicional decimocuarta de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
— Decreto 83/2017, de 13 de junio (DOE n.º 116, de 19 de junio), por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad
mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía individualizada de la subvención, respecto del gasto subvencionable contraído por
las personas beneficiarias, se ajustará al 100% del mismo.
El importe total de la convocatoria es de cuatro millones setecientos treinta y dos mil seiscientos cuarenta y siete euros con doce céntimos de euro (4.732.647,12 euros), con cargo
a la aplicación presupuestaria G/353C/48000, código de proyecto 20001041 y distribuido en
las anualidades:
2023: 3.527.205,93 €.
2024: 1.205.441,19 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de
la presente Resolución y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, hasta el día 31 de diciembre de 2023.
Sexto. Extensión de la ayuda 100%.
1. L
a ayuda del 100 % del título de transporte, para el gasto subvencionable previsto en el
apartado 3 de la disposición adicional decimocuarta de la Ley 6/2022, será de aplicación en
todos los desplazamientos que efectúen las personas beneficiarias con origen y destino en
la Comunidad Autónoma dentro de los servicios de transporte regular de uso general que
se presten en este ámbito territorial, mediante la contratación de viajes de ida, o de viajes
de ida y vuelta, siendo la vuelta cerrada y concretada en fecha.