Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022064158)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Específico de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Asociación Empresarial de Investigación Centro Tecnológico Nacional Agroalimentario de Extremadura (CTAEX), para actuaciones de apoyo mutuo en la mejora y divulgación de la Red de asesoramiento a la fertilización y control de la contaminación en zonas vulnerables por nitratos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (2022-2024).
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NÚMERO 13
Jueves 19 de enero de 2023
4629
• Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas
adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no es posible facilitar la
información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se
facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
j. El Encargado asistirá al Responsable con toda la información de la que disponga, a realizar la comunicación de las violaciones de la seguridad a los interesados, cuando sea
probable que dicha violación suponga un alto riesgo para sus derechos y libertades.
k. El Encargado, a petición del Responsable, comunicará en el menor tiempo posible,
con toda la información de la que disponga, la violación de la seguridad de los datos
a los interesados, cuando sea probable que la violación suponga un alto riesgo para
los derechos y las libertades de las personas físicas. La comunicación debe realizarse
en un lenguaje claro y sencillo y deberá incluir los elementos que en cada caso señale
el Responsable y, como mínimo:
• La naturaleza de la violación de datos.
• Indicación de contacto del Responsable o del Encargado donde se pueda obtener
más información.
• Posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
• Medidas adoptadas o propuestas por el Responsable para poner remedio a la violación de la seguridad, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar
los posibles efectos negativos.
l. Poner a disposición del Responsable toda la información necesaria para demostrar el
cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las
inspecciones que realicen el Responsable u otro auditor autorizado por él.
m. Implantar las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los
sistemas y servicios de tratamiento. Las medidas de seguridad mínimas se recogen
en el apartado “Medidas de seguridad mínimas a aplicar por el Encargado.
B.2) Obligaciones del responsable.
Corresponde al Responsable:
— Proporcionar al Encargado los datos necesarios para que pueda cumplir el convenio.
Jueves 19 de enero de 2023
4629
• Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas
adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no es posible facilitar la
información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se
facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
j. El Encargado asistirá al Responsable con toda la información de la que disponga, a realizar la comunicación de las violaciones de la seguridad a los interesados, cuando sea
probable que dicha violación suponga un alto riesgo para sus derechos y libertades.
k. El Encargado, a petición del Responsable, comunicará en el menor tiempo posible,
con toda la información de la que disponga, la violación de la seguridad de los datos
a los interesados, cuando sea probable que la violación suponga un alto riesgo para
los derechos y las libertades de las personas físicas. La comunicación debe realizarse
en un lenguaje claro y sencillo y deberá incluir los elementos que en cada caso señale
el Responsable y, como mínimo:
• La naturaleza de la violación de datos.
• Indicación de contacto del Responsable o del Encargado donde se pueda obtener
más información.
• Posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
• Medidas adoptadas o propuestas por el Responsable para poner remedio a la violación de la seguridad, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar
los posibles efectos negativos.
l. Poner a disposición del Responsable toda la información necesaria para demostrar el
cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las
inspecciones que realicen el Responsable u otro auditor autorizado por él.
m. Implantar las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los
sistemas y servicios de tratamiento. Las medidas de seguridad mínimas se recogen
en el apartado “Medidas de seguridad mínimas a aplicar por el Encargado.
B.2) Obligaciones del responsable.
Corresponde al Responsable:
— Proporcionar al Encargado los datos necesarios para que pueda cumplir el convenio.