Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022064158)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Específico de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Asociación Empresarial de Investigación Centro Tecnológico Nacional Agroalimentario de Extremadura (CTAEX), para actuaciones de apoyo mutuo en la mejora y divulgación de la Red de asesoramiento a la fertilización y control de la contaminación en zonas vulnerables por nitratos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (2022-2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 13
Jueves 19 de enero de 2023
4628
3. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad
apropiadas que esté aplicando al tratamiento de los datos.
d. No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización
expresa del Responsable, en los supuestos legalmente admisibles.
e. Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que
haya tenido acceso en virtud del presente convenio, incluso después de que finalice
el mismo.
f. Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las
medidas de seguridad correspondientes, de las que el encargado les informará convenientemente. El Encargado mantendrá a disposición del Responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de esta obligación.
g. Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de
las personas autorizadas para tratar datos personales.
h. Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de datos ante el Encargado, éste debe comunicarlo por correo electrónico a la dirección que indique el Responsable. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más
allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su
caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
i. Notificación de violaciones de la seguridad de los datos. El encargado notificará al
Responsable, sin dilación indebida y a través de la dirección de correo electrónico que
le indique el Responsable, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su
cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante
para la documentación y comunicación de la incidencia. Se facilitará, como mínimo,
la información siguiente:
• Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos
personales afectados.
• Datos de la persona de contacto del Encargado para obtener más información.
• Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los
datos personales.
Jueves 19 de enero de 2023
4628
3. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad
apropiadas que esté aplicando al tratamiento de los datos.
d. No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización
expresa del Responsable, en los supuestos legalmente admisibles.
e. Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que
haya tenido acceso en virtud del presente convenio, incluso después de que finalice
el mismo.
f. Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las
medidas de seguridad correspondientes, de las que el encargado les informará convenientemente. El Encargado mantendrá a disposición del Responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de esta obligación.
g. Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de
las personas autorizadas para tratar datos personales.
h. Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de datos ante el Encargado, éste debe comunicarlo por correo electrónico a la dirección que indique el Responsable. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más
allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su
caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
i. Notificación de violaciones de la seguridad de los datos. El encargado notificará al
Responsable, sin dilación indebida y a través de la dirección de correo electrónico que
le indique el Responsable, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su
cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante
para la documentación y comunicación de la incidencia. Se facilitará, como mínimo,
la información siguiente:
• Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos
personales afectados.
• Datos de la persona de contacto del Encargado para obtener más información.
• Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los
datos personales.