Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Préstamos. (2023050011)
Orden de 11 de enero de 2023 por la que se establece el procedimiento para el acceso de préstamos garantizados por el Instrumento Financiero de Gestión Centralizada para inversiones destinadas a inversiones en tecnologías forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 13
4561
Jueves 19 de enero de 2023
4.
AMORTIZACIÓN
La amortización del principal se realizará mediante cuotas anuales iguales, y los intereses, devengados
sobre los saldos de principal pendiente, tendrán vencimientos semestrales a partir de la fecha de la
única y total disposición, coincidiendo, por tanto, uno de los vencimientos semestrales de intereses
con el anual de amortización del principal.
No obstante, el prestatario o prestataria podrá realizar amortizaciones anticipadas, totales o parciales,
sobre el saldo de principal pendiente antes de su fecha de vencimiento, sin que tal hecho origine
comisión alguna.
En el caso de préstamos sin carencia, el primer pago de la amortización del principal, se producirá
trascurrido un año desde el momento de la libre disposición del préstamo.
En el caso de préstamos con carencia, el primer pago de la amortización del principal se producirá una
vez transcurrido un año desde el a fecha de finalización del periodo de carencia, que se contará, a su
vez, desde el momento de la libre disposición del préstamo.
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AMORTIZACIÓN
La amortización del principal se realizará mediante cuotas anuales iguales, y los intereses, devengados
sobre los saldos de principal pendiente, tendrán vencimientos semestrales a partir de la fecha de la
única y total disposición, coincidiendo, por tanto, uno de los vencimientos semestrales de intereses
con el anual de amortización del principal.
No obstante, el prestatario o prestataria podrá realizar amortizaciones anticipadas, totales o parciales,
sobre el saldo de principal pendiente antes de su fecha de vencimiento, sin que tal hecho origine
comisión alguna.
En el caso de préstamos sin carencia, el primer pago de la amortización del principal, se producirá
trascurrido un año desde el momento de la libre disposición del préstamo.
En el caso de préstamos con carencia, el primer pago de la amortización del principal se producirá una
vez transcurrido un año desde el a fecha de finalización del periodo de carencia, que se contará, a su
vez, desde el momento de la libre disposición del préstamo.
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