Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Violencia De Género. Subvenciones. (2023060124)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones convocadas al amparo de la Resolución de 22 de agosto de 2022, por la que se convocan subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género.
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NÚMERO 12
Miércoles 18 de enero de 2023

4369

Violencia de Género (DOE núm. 167, de 30 de agosto de 2022), y previo informe favorable
de la Intervención Delegada en la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo de
23 de diciembre de 2022,
RESUELVO:
Primero. La concesión de Subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la
participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención
y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la
Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de Sensibilización y Prevención de la Violencia
de Género, a las entidades relacionadas en el anexo I, de conformidad con lo recogido en los
Informes de la Comisión de Valoración de fechas 27 de octubre de 2022 y 14 de noviembre
de 2022, con indicación del proyecto subvencionado y cuantía individualizada de acuerdo
con la puntuación final obtenida previa aplicación por parte de la Comisión de Valoración de
los criterios recogidos en el resuelvo undécimo de la convocatoria, por un importe global de
131.049,46 €.
De igual modo, en el anexo II se relacionan tanto las solicitudes inadmitidas como aquellas
otras en las que procede declarar su desistimiento, motivando su causa.
Por último, en el anexo III se recogen las solicitantes que, habiendo sido propuestas para
ser beneficiarias de las presentes subvenciones, no comunican en forma y plazo de manera
expresa aceptación a la subvención concedida.
Segundo. Régimen Jurídico.
La concesión de las presentes subvenciones quedará sujeta al cumplimiento por parte de las
entidades beneficiarias propuestas, en el marco de la legislación básica del Estado, de las condiciones y compromisos recogidos en la Resolución de 22 de agosto de 2022, de la Secretaría
General de la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo (DOE n.º 167, de 30
de agosto), en las bases reguladoras de las mismas, establecidas en la Orden de 27 de julio
de 2022 de la Secretaría General de dicha Consejería (DOE n.º 145, de 28 de julio), en la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura;
la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 3/2021,
de 30 de diciembre, de presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el año 2022; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y en las
disposiciones administrativas que desarrollen estas leyes así como por las restantes normas
de derecho administrativo que, por razón de la materia, le sean de aplicación.