Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060118)
Resolución de 26 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Estudio informativo de la EX-107. Tramo Badajoz-Olivenza", en los términos municipales de Badajoz y Olivenza. Expte.: IA20/0421.
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NÚMERO 12
Miércoles 18 de enero de 2023

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En alzado el trazado del eje 1 está compuesto por nueve alineaciones con cinco acuerdos
cóncavos y tres convexos.
B) Resumen del resultado del trámite de información pública y consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
B.1. Trámite de información pública.
Según lo establecido en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la DGS, como órgano ambiental,
realizó la información pública del EsIA mediante anuncio que se publicó en el DOE n.º 105,
de 3 de junio de 2021 (Anuncio de 25 de mayo de 2021 por el que se somete a información
pública el estudio de impacto ambiental del proyecto “Estudio Informativo de la EX- 107.
Tramo Badajoz a Olivenza”, a realizar en los términos municipales de Badajoz y Olivenza
(Badajoz). Expte.: IA (20/0421)).
Durante el periodo de información pública se ha recibido una alegación particular al proyecto de referencia, cuyo contenido esencial se cita a continuación:
En la alegación los interesados exponen que poseen la nuda propiedad y el usufructo de
las parcelas 5 y 15 del polígono 135 y parcela 16 del polígono 136 sitas en la Carretera EX107 km 16,200, que tienen constituida la sociedad civil Contreras, SC, para la explotación
agrícola de dicha finca y que una vez analizado el estudio de impacto ambiental publicado
en el DOE n.º 105 publicado el 3 de junio de 2021, se observa que las parcelas las parcelas
5 y 15 del polígono 135 y parcela 16 del polígono 136 van a ser utilizadas para el nuevo
trazado de la EX- 107. El mismo se aproxima a menos de 100 metros de la vivienda ubicada en la finca en cualquiera de las dos alternativas. Qué próximo al arroyo que atraviesa
la finca se ubica un pozo que se vería afectado por el desdoblamiento de la carretera.
Solicita:
1) La plantación de una barrera de árboles, en los bordes de la carretera colindantes con
la finca, para conseguir, por un lado, la protección del cultivo ecológico de la contaminación proveniente de la vía y, por otro, la disminución del ruido dada la proximidad de
la nueva carretera a la vivienda de la finca.
2) El mantenimiento del pozo en su ubicación actual o en su defecto la construcción de uno
en las proximidades.
Estas alegaciones han sido consideradas en el análisis técnico del expediente a la hora de
formular la presente declaración de impacto ambiental y la contestación a las mismas debe