Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Violencia De Género. Subvenciones. (2023060049)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 12
Miércoles 18 de enero de 2023
4329
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. Mediante la presente Resolución se establece la convocatoria, para el ejercicio 2023, de
subvenciones destinadas a Asociaciones de Mujeres, Agrupaciones de Mujeres, Federaciones de Asociaciones de Mujeres y Fundaciones Privadas de Mujeres sin ánimo de lucro
para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la
promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra
las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B:
Proyectos de Intervención en materia de Violencia de Género, cuyas medidas a poner en
marcha estén incluidas en los Ejes 2, 3, 4 y 8 del Pacto de Estado contra la Violencia de
Género aprobado en diciembre de 2017, y desglosados en el Anexo I de esta Convocatoria.
2. La presente convocatoria se regirá por las normas contenidas en la Orden de 27 de Julio de
2022 por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir el procedimiento de
concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación
social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación
de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de
Género.
Segundo. Entidades beneficiarias y requisitos generales.
1. P
odrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Asociaciones de Mujeres, Agrupaciones
de Mujeres, Federaciones de Asociaciones de Mujeres y Fundaciones Privadas de Mujeres
sin ánimo de lucro para la realización de proyectos que fomenten la participación social de
las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la
violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Modalidad B: Proyectos de Intervención en materia de Violencia de Género, cuyas medidas
a poner en marcha estén incluidas en los Ejes 2, 3, 4 y 8 del Pacto de Estado contra la
Violencia de Género aprobado en Diciembre de 2017, y desglosados en el Anexo I de esta
Convocatoria.
2. L
as entidades deberán tener como finalidad en sus estatutos la defensa de los derechos de
las mujeres y la igualdad de oportunidades y realizar sus actuaciones en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. Las entidades solicitantes deberán acreditar la inscripción en el Registro de Asociaciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura a fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran mediante certificado acreditativo
expedido a tal efecto.
Miércoles 18 de enero de 2023
4329
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. Mediante la presente Resolución se establece la convocatoria, para el ejercicio 2023, de
subvenciones destinadas a Asociaciones de Mujeres, Agrupaciones de Mujeres, Federaciones de Asociaciones de Mujeres y Fundaciones Privadas de Mujeres sin ánimo de lucro
para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la
promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra
las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B:
Proyectos de Intervención en materia de Violencia de Género, cuyas medidas a poner en
marcha estén incluidas en los Ejes 2, 3, 4 y 8 del Pacto de Estado contra la Violencia de
Género aprobado en diciembre de 2017, y desglosados en el Anexo I de esta Convocatoria.
2. La presente convocatoria se regirá por las normas contenidas en la Orden de 27 de Julio de
2022 por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir el procedimiento de
concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación
social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación
de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de
Género.
Segundo. Entidades beneficiarias y requisitos generales.
1. P
odrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Asociaciones de Mujeres, Agrupaciones
de Mujeres, Federaciones de Asociaciones de Mujeres y Fundaciones Privadas de Mujeres
sin ánimo de lucro para la realización de proyectos que fomenten la participación social de
las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la
violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Modalidad B: Proyectos de Intervención en materia de Violencia de Género, cuyas medidas
a poner en marcha estén incluidas en los Ejes 2, 3, 4 y 8 del Pacto de Estado contra la
Violencia de Género aprobado en Diciembre de 2017, y desglosados en el Anexo I de esta
Convocatoria.
2. L
as entidades deberán tener como finalidad en sus estatutos la defensa de los derechos de
las mujeres y la igualdad de oportunidades y realizar sus actuaciones en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. Las entidades solicitantes deberán acreditar la inscripción en el Registro de Asociaciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura a fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran mediante certificado acreditativo
expedido a tal efecto.