Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060122)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 17 de las Normas Subsidiarias de Casar de Cáceres. Expte.: IA22/687.
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NÚMERO 11

4134

Martes 17 de enero de 2023

LISTADO DE CONSULTADOS

RESPUESTAS

Coordinación Agentes Medio Natural UTV-8

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ADENEX

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Sociedad Española de Ornitología

-

Ecologistas en Acción

-

Fundación Naturaleza y Hombre

-

Ecologistas Extremadura

-

AMUS

-

GREENPEACE

-

El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas afectadas y
personas interesadas, se resume a continuación:
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que la modificación puntual se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, concretamente en el espacio Red Natura 2000, ZEPA “Llanos de Cáceres y Sierra de
Fuentes” y en el espacio RENPEX, ZIR “Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes”. Los instrumentos de gestión de aplicación son el Plan Director de la Red Natura 2000 (anexo II del
Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la red ecológica europea Natura
2000 en Extremadura) y el Plan de Uso y Gestión (PRUG) de la ZIR “Llanos de Cáceres y
Sierra de Fuentes”. Según la zonificación establecida, en su Plan, la modificación puntual
se proyecta en Zona de Uso General, que son zonas de la ZIR de menor calidad ambiental,
que a tenor del apartado 24 del artículo único de la Ley 9/2006, de 23 de diciembre, por la
que se modifica la Ley 8/98, de conservación de la naturaleza y de espacios naturales de
Extremadura, pueden ser destinadas, previa Resolución favorable de la Dirección General
del Medio Natural, al crecimiento y desarrollo de los cascos urbanos que se encuentren
inmersos en él o en sus inmediaciones, que en todo caso precisarán de la aprobación de
la correspondiente normativa urbanística del ámbito local y regional, y la legislación sectorial preceptiva. Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión y/o en la Ley
42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son: presencia
de una rica comunidad de reptiles y anfibios, ligados a la red de aguas superficiales y a
los refugios que constituyen los acúmulos de piedras, tales como majanos, berrocales o
paredes de piedra y el Hábitat de Interés Comunitario “Dehesas perennifolias de Quercus
spp”. Asimismo, en el informe se indica que existe una comunidad de aves esteparias, pero