Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060121)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de urbanización de la unidad de actuación urbanizadora UA-8/21 del área de remodelación 8.2 del Plan General Municipal de Badajoz, cuya promotora es Mirador de Lusitania, SL, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA22/0372.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 11

4119

Martes 17 de enero de 2023

mayo de 2022, la Dirección General de Sostenibilidad ha realizado consultas a las Administraciones Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan en la tabla
adjunta. Se han señalado con una «X» aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas que han emitido respuesta.
RELACIÓN DE ORGANISMOS Y ENTIDADES CONSULTADOS

Respuestas recibidas

Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas

-

Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio

X

Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural

X

Confederación Hidrográfica del Guadiana

X

Servicio de Ordenación y Gestión Forestal

X

Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior

X

Ecologistas en Acción

-

ADENEX

-

SEO/BirdLife

-

Fundación Naturaleza y Hombre

-

Ecologistas Extremadura

-

GREENPEACE

-

AMUS

-

Ayuntamiento de Badajoz

-

Coordinación UTV-7

X

La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio informa que a efectos de ordenación del territorio, la actuación prevista no afecta, ni se inserta en ningún instrumento
de ordenación territorial vigente, por lo que se estima que no presenta afección.
El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal informa que los terrenos afectados están
clasificados en el vigente planeamiento urbanístico como suelo urbano y que no tiene competencias en dichos terrenos, al no tener actualmente la consideración de monte o terreno
forestal, en base a la legislación vigente.
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural informa que no se
aprecia obstáculo para continuar la tramitación del expediente por no resultar afectado, di-