Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energías Renovables. (2023DE0001)
Decreto-ley 1/2023, de 11 de enero, por el que se declara de interés general la producción de hidrógeno a partir de energía eléctrica procedente de instalaciones aisladas de generación de energías renovables en Extremadura.
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NÚMERO 11
Martes 17 de enero de 2023
3973
3. Concluida la tramitación, el reconocimiento de la utilidad pública e interés social será acordado por el Consejo de Gobierno, mediante Decreto, a propuesta de la persona titular de
la Consejería competente por razón de la materia según el objeto del proyecto, y en el que
habrá de hacerse contar en caso concreto la urgencia de la ocupación, y que supondrá la
apertura del procedimiento expropiatorio correspondiente.
Disposición final primera. Modificación de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
Se modifica la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, que
queda con la siguiente redacción:
“Disposición adicional decimoquinta. Bonificación extraordinaria y temporal de las
tarifas máximas aplicables a las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV)
gestionadas en régimen de concesión administrativa.
1. S
e establece una bonificación extraordinaria y temporal, con efectos exclusivos para el
ejercicio 2023, en el importe de las tarifas aplicables a las estaciones de inspección técnica
de vehículos (ITV) gestionadas en régimen de concesión administrativa, en los términos
establecidos en esta disposición.
2. S
erán beneficiarias de esta bonificación las personas usuarias del servicio de inspección
técnica de vehículos gestionadas en régimen de concesión administrativa en la Comunidad
Autónoma de Extremadura durante el año 2023.
3. L
a bonificación se aplicará sobre la cantidad resultante de sumar a la tarifa aplicada para
el año 2022 según cada servicio, dentro de las máximas aprobadas por Resolución de la
Dirección General de Transportes de 26 de enero de 2022, el IVA en vigor y la tasa de
anotación de la inspección técnica de vehículos en el Registro de Vehículos de la jefatura
Central de Tráfico dependiente de la Dirección General de Tráfico y tendrá el importe que
se determina en el siguiente cuadro en función del servicio prestado:
N.º
DENOMINACIÓN
Bonificación
1.
Inspecciones técnicas periódicas de vehículos
1.1.
Tarifa inspección periódica vehículos ligeros (MMTA ≤ 3.500 KG)
14,63 €
1.2.
Tarifa inspección periódica vehículos pesados (MMTA > 3.500 KG)
25,12 €
1.3.
Tarifa inspección periódica ciclomotores y motocicletas de 2 ruedas
10,72 €
1.4.
Tarifa inspección periódica vehículos agrícolas
14,63 €
Martes 17 de enero de 2023
3973
3. Concluida la tramitación, el reconocimiento de la utilidad pública e interés social será acordado por el Consejo de Gobierno, mediante Decreto, a propuesta de la persona titular de
la Consejería competente por razón de la materia según el objeto del proyecto, y en el que
habrá de hacerse contar en caso concreto la urgencia de la ocupación, y que supondrá la
apertura del procedimiento expropiatorio correspondiente.
Disposición final primera. Modificación de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
Se modifica la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, que
queda con la siguiente redacción:
“Disposición adicional decimoquinta. Bonificación extraordinaria y temporal de las
tarifas máximas aplicables a las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV)
gestionadas en régimen de concesión administrativa.
1. S
e establece una bonificación extraordinaria y temporal, con efectos exclusivos para el
ejercicio 2023, en el importe de las tarifas aplicables a las estaciones de inspección técnica
de vehículos (ITV) gestionadas en régimen de concesión administrativa, en los términos
establecidos en esta disposición.
2. S
erán beneficiarias de esta bonificación las personas usuarias del servicio de inspección
técnica de vehículos gestionadas en régimen de concesión administrativa en la Comunidad
Autónoma de Extremadura durante el año 2023.
3. L
a bonificación se aplicará sobre la cantidad resultante de sumar a la tarifa aplicada para
el año 2022 según cada servicio, dentro de las máximas aprobadas por Resolución de la
Dirección General de Transportes de 26 de enero de 2022, el IVA en vigor y la tasa de
anotación de la inspección técnica de vehículos en el Registro de Vehículos de la jefatura
Central de Tráfico dependiente de la Dirección General de Tráfico y tendrá el importe que
se determina en el siguiente cuadro en función del servicio prestado:
N.º
DENOMINACIÓN
Bonificación
1.
Inspecciones técnicas periódicas de vehículos
1.1.
Tarifa inspección periódica vehículos ligeros (MMTA ≤ 3.500 KG)
14,63 €
1.2.
Tarifa inspección periódica vehículos pesados (MMTA > 3.500 KG)
25,12 €
1.3.
Tarifa inspección periódica ciclomotores y motocicletas de 2 ruedas
10,72 €
1.4.
Tarifa inspección periódica vehículos agrícolas
14,63 €