Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060104)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de ampliación de una granja de perdices y codornices, cuyo promotor es Sebastián Barrero Plata, en el término municipal de Valdetorres. Expte.: IA21/1738.
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NÚMERO 10
Lunes 16 de enero de 2023
3897
37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por
las mismas, se paralizará inmediatamente la actividad y se estará a lo dispuesto
por el personal de la Dirección General de Sostenibilidad y/o coordinación de los
agentes de la Unidad Territorial de Vigilancia número 5, previa comunicación de tal
circunstancia.
— Tanto en la fase de construcción como en la fase de funcionamiento, se adoptarán
las normas establecidas en el Decreto 132/2022, de 26 de octubre, por el que se
aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX)
y en las correspondientes Órdenes anuales por las que se establecen las épocas de
peligro de incendios forestales.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atenderá a lo establecido en la normativa
urbanística y en la comunicación ambiental municipal, correspondiendo al Ayuntamiento de Valdetorres, las competencias en estas materias.
— En todo caso, si como consecuencia del desarrollo de la actividad se produjese la degradación física del suelo, la pérdida de vegetación o la contaminación de las aguas
será responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas correspondientes para la recuperación del medio.
b. M
edidas en fase de construcción.
— Se procederá previamente al inicio de las obras y sus correspondientes movimientos
de tierra a la retirada selectiva del substrato edáfico para su utilización en las labores
de restauración del terreno.
— Los movimientos de tierra se limitarán a los necesarios para la construcción de las
instalaciones. Estos se limitarán a la zona de obras, estando prohibida la realización
de cualquier tipo de desbroces, decapados, nivelaciones y compactaciones fuera de
la zona de actuación. Estos movimientos de tierra no deberán provocar procesos
erosivos derivados de los mismos. Para las labores de construcción se aprovecharán
los caminos existentes.
— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los posibles
vertidos accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda
generar la maquinaria se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para
su evacuación y tratamiento por gestor autorizado. En todo caso se cumplirá toda la
normativa relativa a residuos.
Lunes 16 de enero de 2023
3897
37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por
las mismas, se paralizará inmediatamente la actividad y se estará a lo dispuesto
por el personal de la Dirección General de Sostenibilidad y/o coordinación de los
agentes de la Unidad Territorial de Vigilancia número 5, previa comunicación de tal
circunstancia.
— Tanto en la fase de construcción como en la fase de funcionamiento, se adoptarán
las normas establecidas en el Decreto 132/2022, de 26 de octubre, por el que se
aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX)
y en las correspondientes Órdenes anuales por las que se establecen las épocas de
peligro de incendios forestales.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atenderá a lo establecido en la normativa
urbanística y en la comunicación ambiental municipal, correspondiendo al Ayuntamiento de Valdetorres, las competencias en estas materias.
— En todo caso, si como consecuencia del desarrollo de la actividad se produjese la degradación física del suelo, la pérdida de vegetación o la contaminación de las aguas
será responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas correspondientes para la recuperación del medio.
b. M
edidas en fase de construcción.
— Se procederá previamente al inicio de las obras y sus correspondientes movimientos
de tierra a la retirada selectiva del substrato edáfico para su utilización en las labores
de restauración del terreno.
— Los movimientos de tierra se limitarán a los necesarios para la construcción de las
instalaciones. Estos se limitarán a la zona de obras, estando prohibida la realización
de cualquier tipo de desbroces, decapados, nivelaciones y compactaciones fuera de
la zona de actuación. Estos movimientos de tierra no deberán provocar procesos
erosivos derivados de los mismos. Para las labores de construcción se aprovecharán
los caminos existentes.
— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los posibles
vertidos accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda
generar la maquinaria se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para
su evacuación y tratamiento por gestor autorizado. En todo caso se cumplirá toda la
normativa relativa a residuos.