Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023040010)
Decreto 169/2022, de 30 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de Innovación y Talento Plus (PIT+) y su primera convocatoria.
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NÚMERO 10
Lunes 16 de enero de 2023
3762
nivel de estudios a jornada completa durante los doce meses de duración del proyecto del
Programa de Innovación y Talento Plus y con una retribución bruta por el periodo de los
doce meses mínima de 25.304 € para las personas contratadas con titulación universitaria
y de 20.243 € para las contratadas con ciclos formativos de grado medio o superior .
Los puestos de trabajo deberán desarrollarse en centros radicados en el territorio de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y estar en situación de alta en un código de cuenta
de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
La duración del proyecto se iniciará con la contratación de las personas participantes, por
lo que, cuando haya más de una persona participante se deberá realizar en la misma fecha
y finalizará a los doce meses, no obstante, las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo,
riesgo durante la lactancia, violencia de género u otra causa de interrupción de la duración
de este tipo de contratos recogida por ley interrumpirán el cómputo de la duración del
contrato, aunque en todo caso el proyecto deberá finalizar como máximo en el plazo de
dieciocho meses desde su inicio.
Artículo 7. Viabilidad de los proyectos.
1. Para acceder a las subvenciones previstas en el presente decreto, las entidades promotoras deberán presentar proyectos que se califiquen como viables por el Servicio que tenga
atribuida la gestión del Programa.
2. L
a memoria proyecto deberá contener:
a) El calendario estimado, jornada, programación y horarios en los que el alumnado trabajador realizará su actividad laboral y su actividad formativa, así como los criterios de
conciliación de las vacaciones a las que tienen derecho con la ejecución del proyecto y
de los períodos no lectivos en el centro o entidad de formación, sin perjuicio de su posterior adaptación al período real de ejecución.
b) Contenido del proyecto, con su descripción y justificación de su carácter experimental e
innovador, de los objetivos, contenidos, duración y criterios de evaluación de la formación que se desarrolla en el centro formativo y el contenido de la actividad laboral que
se desarrollará en la entidad promotora.
c) Perfil y requisitos de acceso del alumnado trabajador (titulación/es).
d) Identificación/perfiles de las personas responsables de la tutorización del proyecto en el
centro formativo y en el centro de trabajo de la entidad promotora.
Lunes 16 de enero de 2023
3762
nivel de estudios a jornada completa durante los doce meses de duración del proyecto del
Programa de Innovación y Talento Plus y con una retribución bruta por el periodo de los
doce meses mínima de 25.304 € para las personas contratadas con titulación universitaria
y de 20.243 € para las contratadas con ciclos formativos de grado medio o superior .
Los puestos de trabajo deberán desarrollarse en centros radicados en el territorio de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y estar en situación de alta en un código de cuenta
de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
La duración del proyecto se iniciará con la contratación de las personas participantes, por
lo que, cuando haya más de una persona participante se deberá realizar en la misma fecha
y finalizará a los doce meses, no obstante, las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo,
riesgo durante la lactancia, violencia de género u otra causa de interrupción de la duración
de este tipo de contratos recogida por ley interrumpirán el cómputo de la duración del
contrato, aunque en todo caso el proyecto deberá finalizar como máximo en el plazo de
dieciocho meses desde su inicio.
Artículo 7. Viabilidad de los proyectos.
1. Para acceder a las subvenciones previstas en el presente decreto, las entidades promotoras deberán presentar proyectos que se califiquen como viables por el Servicio que tenga
atribuida la gestión del Programa.
2. L
a memoria proyecto deberá contener:
a) El calendario estimado, jornada, programación y horarios en los que el alumnado trabajador realizará su actividad laboral y su actividad formativa, así como los criterios de
conciliación de las vacaciones a las que tienen derecho con la ejecución del proyecto y
de los períodos no lectivos en el centro o entidad de formación, sin perjuicio de su posterior adaptación al período real de ejecución.
b) Contenido del proyecto, con su descripción y justificación de su carácter experimental e
innovador, de los objetivos, contenidos, duración y criterios de evaluación de la formación que se desarrolla en el centro formativo y el contenido de la actividad laboral que
se desarrollará en la entidad promotora.
c) Perfil y requisitos de acceso del alumnado trabajador (titulación/es).
d) Identificación/perfiles de las personas responsables de la tutorización del proyecto en el
centro formativo y en el centro de trabajo de la entidad promotora.