Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023040010)
Decreto 169/2022, de 30 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de Innovación y Talento Plus (PIT+) y su primera convocatoria.
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NÚMERO 10
Lunes 16 de enero de 2023

3786

previsto en el artículo 22.5 la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Ocho. Eficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación y del extracto, a
que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
Contra la misma, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante quien lo dictó, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo previsto en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar
cualquier otro que consideren procedente.
Disposición transitoria única. Régimen jurídico de los procedimientos.
Los procedimientos iniciados al amparo de la normativa anterior a la entrada en vigor del presente decreto, se tramitarán y resolverán de acuerdo con lo dispuesto en aquella.
Disposición derogatoria única.
Derogar el 73/2021, de 23 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de Innovación y Talento
y su primera convocatoria, sin perjuicio de lo previsto en la disposición transitoria única del
presente decreto.
Disposición final primera. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de empleo en el ámbito de sus competencias, para la aprobación y/o modificación de
cuantos modelos y formularios sean necesarios para la aplicación del presente decreto.