Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023040010)
Decreto 169/2022, de 30 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de Innovación y Talento Plus (PIT+) y su primera convocatoria.
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NÚMERO 10
Lunes 16 de enero de 2023

3784



— 216 participantes con titulación universitaria (72 %).



— 84 participantes con titulación de ciclo formativo de grado medio o superior (28 %).

En el supuesto de que no se llegase al número de participantes previstos, de uno u
otro grupo de titulación, por no haberse presentado solicitudes suficientes en el plazo
establecido, se redistribuirá el número de participantes al otro grupo hasta agotar la
disponibilidad presupuestaria de la convocatoria.
2.2. L
 a presente convocatoria está financiada con un porcentaje del 85 % con cargo al Programa Extremadura FSE + 2021-2027, dentro de la prioridad 5 “P5 Empleo juvenil”,
Objetivo específico “ a) mejorar el acceso al empleo y a medidas de activación de todos
los demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes, especialmente a
través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de los desempleados de larga duración y los
grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social”, medida 5.A.04
“Formación en alternancia con el empleo”.
2.3. En el supuesto de aumentarse la cuantía consignada en función de las disponibilidades
presupuestarias, requerirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es) y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index) de un anuncio del órgano
competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan cómo quedarían los
créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
Asimismo, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias,
deberá declararse por la Consejería de Educación y Empleo terminado el plazo de vigencia
de la convocatoria y efectuar su anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de
Subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Tres. Beneficiarias.
Podrán promover proyectos del Programa de Innovación y Talento Plus y ser beneficiarias de
las subvenciones públicas para la ejecución de los mismos las entidades con centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes, las sociedades
civiles y las uniones temporales de empresas que, en su condición de entidades promotoras
y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en la presente norma, presenten una
memoria proyecto que se considere viable según el artículo 7 de este decreto.