Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023040010)
Decreto 169/2022, de 30 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de Innovación y Talento Plus (PIT+) y su primera convocatoria.
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NÚMERO 10
Lunes 16 de enero de 2023

3771

Artículo 15. Identificación y firma de las solicitantes.
1. L
 as solicitantes podrán identificarse electrónicamente a través de cualquiera de los sistemas previstos en el artículo 9.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 34 del Decreto
225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo a los sistemas a través de los cuales podrán las
entidades solicitantes identificarse y autenticarse electrónicamente en la Sede electrónica
de la Junta de Extremadura.
2. L
 os sistemas de firmas admitidos a través de medios electrónicos son los establecidos en
el artículo 10.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre y en el artículo 35 del Decreto
225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo a los sistemas de firma electrónica a través
de los cuales las entidades solicitantes pueden actuar en la Sede electrónica de la Junta de
Extremadura.
3. L
 a acreditación de su identidad se entenderá con el propio acto de la firma utilizando cualquiera de los sistemas de firmas mencionados en el apartado anterior.
4. L
 a persona representante de la entidad solicitante deberá disponer de certificado digital o
DNI electrónico que permita garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la
cumplimentación y tramitación de la ayuda. El uso de certificado digital o DNI electrónico
deben estar correctamente configurados y validados para su uso en sede electrónica. Si no
disponen de ellos pueden obtenerlo en la dirección electrónica http://www.cert.fnmt.es/ o
con el DNI electrónico y la dirección electrónica donde puede obtenerlo:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009”.
Artículo 16. Ordenación, Instrucción y resolución.
1. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá
al Servicio encargado de la gestión de los programas públicos mixtos de empleo-formación,
el cual podrá realizar, de oficio, cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la
correspondiente propuesta de resolución.
2. La competencia para resolver los procedimientos de concesión de las subvenciones a las
que se refiere este decreto corresponde al titular de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo, a propuesta del órgano instructor, sin perjuicio de la aplicación
de las técnicas de alteración de la competencia, en los términos previstos en el ordenamiento jurídico.