Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Desarrollo Cultural. Ayudas. (2022040223)
Decreto 149/2022, de 14 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas al amparo de los Fondos de NextGenerationEU y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Reglamento (UE) 2021/241, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 8
Jueves 12 de enero de 2023
3268
En cuanto a los costes de los trabajos realizados por el propio empresario individual
beneficiario de la ayuda que se señalan en el artículo 7 (gastos subvencionables)
aprobados, certificación de gastos según modelo del anexo I apartado (Presupuesto /certificación de gastos, específico).
• Justificantes del pago de los documentos de gasto.
Quedan exceptuados de este requisito los costes teóricos de los trabajos realizados
por el propio empresario individual beneficiario de la ayuda que se señalan en el
artículo 7 (gastos subvencionables).
b) En cuanto a los justificantes de pago, se indica que:
• Los pagos de operaciones de importe igual o superior a 1.000,00 euros, deberán
justificarse necesariamente mediante documentos bancarios (cheques, transferencias, pagarés, etc.) y su correspondiente justificación de cargo en cuenta (mediante certificado de la entidad bancaria, listados de movimientos de cuentas,
documento de cargo en cuenta, entre otros).
• Los pagos de operaciones de importe inferior a 1.000,00 euros, podrán realizarse,
además de la manera indicada en el párrafo anterior, a través de pago en metálico, acreditado mediante recibo o certificado de pago de la misma emitido por el
proveedor (en original).
• En la documentación justificativa del pago, siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el proveedor, el importe pagado y la factura o
documento a que corresponde dicho pago.
Artículo 20. Publicidad de la subvención.
En todos los materiales de promoción, distribución y publicidad de los proyectos objeto de
ayuda, deberá constar en lugar destacado la colaboración de la Consejería competente en
materia de cultura de la Junta de Extremadura, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor.
Asimismo, los perceptores de fondos de la Unión harán mención del origen de esta financiación y velarán por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la
Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”, en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados,
Jueves 12 de enero de 2023
3268
En cuanto a los costes de los trabajos realizados por el propio empresario individual
beneficiario de la ayuda que se señalan en el artículo 7 (gastos subvencionables)
aprobados, certificación de gastos según modelo del anexo I apartado (Presupuesto /certificación de gastos, específico).
• Justificantes del pago de los documentos de gasto.
Quedan exceptuados de este requisito los costes teóricos de los trabajos realizados
por el propio empresario individual beneficiario de la ayuda que se señalan en el
artículo 7 (gastos subvencionables).
b) En cuanto a los justificantes de pago, se indica que:
• Los pagos de operaciones de importe igual o superior a 1.000,00 euros, deberán
justificarse necesariamente mediante documentos bancarios (cheques, transferencias, pagarés, etc.) y su correspondiente justificación de cargo en cuenta (mediante certificado de la entidad bancaria, listados de movimientos de cuentas,
documento de cargo en cuenta, entre otros).
• Los pagos de operaciones de importe inferior a 1.000,00 euros, podrán realizarse,
además de la manera indicada en el párrafo anterior, a través de pago en metálico, acreditado mediante recibo o certificado de pago de la misma emitido por el
proveedor (en original).
• En la documentación justificativa del pago, siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el proveedor, el importe pagado y la factura o
documento a que corresponde dicho pago.
Artículo 20. Publicidad de la subvención.
En todos los materiales de promoción, distribución y publicidad de los proyectos objeto de
ayuda, deberá constar en lugar destacado la colaboración de la Consejería competente en
materia de cultura de la Junta de Extremadura, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor.
Asimismo, los perceptores de fondos de la Unión harán mención del origen de esta financiación y velarán por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la
Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”, en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados,